NOTICIAS
DICIEMBRE 2021     
Los Dres. Rafael García y Miguel Ordiozola participaron en la última edición de la revista "Doctrina & Jurisprudencia" de CADE. El Dr. Rafael García participó a través de su publicación: "Regulación de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo del sector zonas francas. ¿Qué papel cumple el informe circunstanciado para los sujetos obligados del sector zonas francas?". Mientras que el Dr. Miguel Ordiozola participó a través de su publicación: "Base de legitimación, principios y registro: tres pilares para un tratamiento lícito de datos personales".
La Dra. Alejandra Pirez, responsable del área de derecho laboral de la firma, expuso en las pasadas Jornadas Uruguayas de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Presentó la investigación de coautoría, denominada "Utilización de las comunicaciones vía Whatsapp como medio de prueba en el proceso laboral".
Félix Abadi fue electo en 6/12 en acto eleccionario como en Integrante Suplente del Consejo Académico Consultivo de la Facultad de Administración y Ciencias Sociales de la Universidad ORT Uruguay por el período 2021–2023.
Nuestro socio, el Prof. Santiago Pereira Campos, prologó el libro "Teoría del Caso, Oratoria Jurídica y Lenguaje no Verbal. Técnicas y Métodos de Litigación Oral" del Prof. Federico Bueno de Mata, de la Universidad de Salamanca. El Libro contó con la colaboración de Sebastian Barreira en la concordancia con el Código General de Proceso y el Código del Proceso Penal de Uruguay. El mismo fue publicado por "Thomson Reuters Uruguay"
Como broche de oro de 2021 nuestra Firma anuncia con sumo placer la designación de la Cra. Cecilia Sande Echegoyen como "Socia Gerente" a partir del 1º de enero de 2022: felicitaciones Cecilia por el logro alcanzado y el deseo del mayor de los éxitos!!!
NORMAS
     LEYES
Ley 20009 de fecha 07/12/2021: Aprueba el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República Federativa del Brasil para "Eliminar la Doble Imposición en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio así como Prevenir la Evasión y Elusión Fiscal".
Ley 20016 de fecha 22/12/2021: Aprueba el "Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y Australia, sobre la Promoción y Protección de Inversiones y sus Anexos A, B y C".
Ley 20019 de fecha 23/12/2021: Aprueba el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República del Paraguay sobre residencia permanente con el objetivo de alcanzar la libre circulación de personas.
     DECRETOS
Consejo de Ministros
Decreto N° 398/021 de fecha 07/12/2021: Aplica el mismo régimen de contratación del "Programa Oportunidad Laboral y sus pautas de ejecución", aprobado por el Decreto No. 164/021 de fecha 01/06/2021 al Programa "Oportunidad Laboral" creado por la Ley No. 19.952 con fecha 20/05/2021. En cuanto a la finalización del Programa así como la prestación "Oportunidad Laboral", se entenderá que: a) la finalización del Programa será el 31 de marzo de 2022, y b) para los meses de febrero a marzo del año 2022, la prestación se abonará un monto de mensual nominal equivalente a $6.250 (pesos uruguayos seis mil doscientos cincuenta) por seis jornales efectivamente trabajados en la quincena.
Decreto N° 414/021 de fecha 16/12/2021: Dispone que a partir del 1º de enero de 2022, el Registro Único de Inmuebles del Estado (RUIE), pase a la Unidad Ejecutora 009 correspondiente a la "Dirección Nacional de Catastro" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" (MEF).
Decreto N° 415/021 de fecha 16/12/2021: Sustituye el artículo 658 de la Ley No. 19.924 de fecha 18/12/2020, sobre el monto de recursos destinados a los Gobiernos Departamentales, que no podrá ser inferior a 3,3% del presupuesto nacional.
Decreto N° 438/021 de fecha 27/12/2021: Sustituye el literal h) del artículo 2 del Decreto No. 195/020 de fecha 15/07/2020 en la redacción dada por el artículo 1 del Decreto No. 361/021 de fecha 28/10/2021, disponiendo que aquellas personas que acrediten haber recibido la única dosis o las dos dosis, según corresponda al tipo de vacuna administrada contra el virus SARS CoV-2 dentro de los últimos 9 meses previos al embarque y cumplido los plazos de espera respectivos para lograr la inmunidad efectiva, estarán exceptuadas de cumplir el aislamiento social preventivo obligatorio dispuesto en el literal e) del Decreto No. 195/020 sobre requisitos para el ingreso y egreso del país. Dicho Decreto, también sustituye el inciso segundo del artículo 2 del Decreto No. 104/020 de fecha 24/03/2020 en la redacción dada por el Decreto No. 340/021 de fecha 04/10/2021, disponiendo que será obligatorio presentar al momento de ingresar al país el formulario que se adjunta en el Decreto mencionado anteriormente, el cual recaba información acerca del plan de vacunas de la persona que desea ingresar al país así como el cumplimiento de los plazos establecidos para obtener efectivamente la inmunidad.
Decreto N° 460/021 de fecha 29/12/2021: Reglamenta el funcionamiento del Programa de Racionalización de Uso de Bienes Inmuebles del Estado. Los Ministerios, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados deberán informar al Registro de Inmuebles del Estado de la Dirección Nacional de Catastro, la totalidad de los inmuebles que tengan en propiedad o en posesión, a cualquier título. Esta última identificará, clasificará y remitirá al programa en cuestión, información relativa de los inmuebles que entienda prescindibles, así como también aquellos de los que no se cuente con información del uso al que se encuentre afectado. El Poder Ejecutivo declarará la prescindencia de los bienes, dejándolos a disposición del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT), afectándolos a los cometidos asignados a la Dirección Nacional de Vivienda o a la Dirección Nacional de Integración Social y Urbana o bien para su enajenación.
Ministerio de Economía y Finanzas
Decreto N° 390/021 de fecha 01/12/2021: Sustituye el artículo 35 del Decreto No. 96/990 de fecha 21/12/90 sobre las categorías y tasas del Impuesto Específico Interno (IMESI) para vehículos automotores utilitarios y de pasajeros. Dicho decreto establece las definiciones, clasificaciones, categorías y tasas aplicables a cada vehículo alcanzado.
Decreto N° 396/021 de fecha 07/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos para el ejercicio 2022.
Decreto N° 397/021 de fecha 07/12/2021: Autoriza a la Dirección General de Casinos a disponer el horario de sus dependencias, observando estrictamente el cumplimiento de los protocolos sanitarios y su respectivo aforo. Deja sin efecto el Decreto No. 262/021 de fecha 10/08/2021, el cual disponía la habilitación a la Dirección General de Casinos a extender su horario en sus dependencias hasta las 02:00 a.m.
Decreto N° 399/021 de fecha 08/12/2021: Sustituye el inciso primero del artículo 9º del Decreto reglamentario 199/007 de fecha 11/06/2007 de la Ley No. 18.083 de fecha 27/12/2006. La nueva redacción, dispone que no serán considerados consumidores finales las empresas y quienes se encuentren incluidos en el hecho generador del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o del Impuesto Específico Interno (IMESI). Dispone también que los organismos estatales, con excepción de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio comercial e industrial del Estado, serán considerados consumidores finales.
Decreto N° 400/021 de fecha 08/12/2021: Fija el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de septiembre de 2021 en $1.359,25 (pesos uruguayos mil trescientos cincuenta y nueve con 25/100), así como el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de septiembre de 2021 en $1.354,24 (pesos uruguayos mil trescientos cincuenta y cuatro con 24/100). Asimismo determina el índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo (IPC), el cual asciende en el mes de septiembre de 2021 a 236,98 sobre base diciembre 2010=100. Por último, establece que el coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de octubre de 2021 es de 1,0593.
Decreto N° 409/021 de fecha 16/12/2021: Fija el valor real de los inmuebles para el año 2021, determinado por la aplicación del coeficiente 1,0741 a los valores reales de 2020, salvo que la Dirección Nacional de Catastro hubiera fijado un valor distinto. Indica que los sujetos pasivos del Impuesto al Patrimonio, del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales y del Impuesto de Enseñanza Primaria, tomarán como base para liquidar los referidos tributos, el importe resultante de promediar los valores reales fijados por la Dirección Nacional de Catastro para los últimos 5 años. Asimismo, fija en $5.303.00 (pesos uruguayos cinco mil trescientos tres) el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio correspondiente al año 2021 para las personas físicas y sucesiones indivisas.
Decreto N° 410/021 de fecha 16/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el 1º de enero de 2022.
Decreto N° 411/021 de fecha 16/12/2021: Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) a transferir hasta US$ 7.500.00 (siete millones quinientos mil dólares americanos) del Fondo de Garantía para Deudas de Productores Lecheros creado por la Ley No. 19.596 al Fondo de Financiamiento y Desarrollo Sustentable de la Actividad Lechera según lo dispuesto por la Ley No. 18.100 de fecha 23/02/2007.
Decreto N° 417/021 de fecha 17/12/2021: Sustituye los incisos primero y tercero del artículo 6º del Decreto No. 281/007 de fecha 06/08/07. La nueva redacción, dispone que las empresas periodísticas, de radiodifusión y televisión quedarán comprendidas en la exoneración establecida en el artículo 110 del Título 3 del Texto Ordenado 1996, siempre y cuando el monto de sus ingresos en el ejercicio no superen las UI 2.000.000 (unidades indexadas dos millones). Ahora bien, si en el transcurso del ejercicio, el monto excede el límite fijado, las empresas exoneradas, dejarán de estarlo.
Decreto N° 418/021 de fecha 17/12/2021: Incorpora al Anexo I del Decreto No. 19/017 de fecha 24/01/2017, sobre la fijación de tasas de devolución de tributos a las exportaciones embarcadas a partir del 1º de enero de 2017, la siguiente posición arancelaria: 3% para las "Preparaciones desincrustantes, anticorrosivas o antioxidantes", identificado con la Nomenclatura 3824.99.41.00.
Decreto N° 428/021 de fecha 20/12/2021: Fija en $570 (pesos uruguayos quinientos setenta) y $10.620 (pesos uruguayos diez mil seiscientos veinte) las multas mínimas y máximas respectivamente, previstas por los artículos 95 y 98 del Codigo Tributario (CT), respecto a la realización de actos tendientes a obstaculizar las tareas de determinación y fiscalización de la Administración y la configuración de la instigación pública a no pagar tributos.
Decreto N° 429/021 de fecha 20/12/2021: Declara promovida la actividad de participación en las finales deportivas de torneos internacionales oficiales de la Confederación Sudamericana de Fútbol, en tanto se cumplan determinadas condiciones: a) que el evento sea transmitido al exterior del país, b) que se cuente con la declaratoria de Interés Deportivo por parte de la Secretaría Nacional del Deporte. Dicho Decreto, también exonera del Impuesto a las Rentas de los No Residentes a las instituciones deportivas del exterior, deportistas y árbitros internacionales no residentes, que participen en los eventos referidos.
Decreto N° 430/2021 de fecha 20/12/2021: Aprueba a partir del 1º de enero de 2022 la Nomenclatura Común del MERCOSUR ajustada a la VII Enmienda del Sistema Armonizado, con su correspondiente Arancel Externo Común, que surge del propio anexo del presente.
Decreto S/N° de fecha 22/12/2021: Fija en $4.720 (pesos uruguayos cuatro mil setecientos veinte) para el año 2022, el monto del pago mensual a que refiere el inciso primero del artículo 106 del Decreto No. 220/998 de fecha 12/08/1998, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto No. 351/020 de fecha 22/12/2020 en lo relativo al pago mensual del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para aquellos contribuyentes comprendidos en el lit. E del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996 y quienes inicien actividades y estimen que los ingresos del primer ejercicio no superarán el límite referido en dicha norma (monto establecido anualmente por el Poder Ejecutivo). Asimismo, fija para el año 2022, los montos correspondientes a los pagos mensuales del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), que oscilan entre $ 6.180 (pesos uruguayos seis mil ciento ochenta) y $15.380 (pesos uruguayos quince mil trescientos ochenta), de acuerdo a lo dispuesto en artículo 93 del Título 4 del Texto Ordenado 1996.
Decreto S/N° de fecha 22/12/2021: Fija el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de octubre de 2021, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 14.219 en $1.362,06 (pesos uruguayos mil trescientos sesenta y dos con 6/100). En base a ello, fija el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de octubre de 2021 en $1.359,75 (pesos uruguayos mil trescientos cincuenta y nueve con 75/100). Fija el valor del Índice General de los Precios al Consumo, ascendiendo en el mes de octubre de 2021 a 239,44, sobre base diciembre 2010=100. Determina que el coeficiente tenido en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de noviembre de 2021 es de 1,0566.
Decreto N° 439/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de Seguros del Estado correspondientes al ejercicio 2022.
Decreto N° 440/021 de fecha 29/12/2021: Actualiza y fija las tasas e impuestos para los tabacos y cigarrillos, a efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno. Los valores serán para el concepto "Tabaco" la base específica $57,41 (pesos uruguayos cincuenta y siete con 41/100) , la tasa de un 70% y el impuesto de $40,18 (pesos uruguayos cuarenta con 18/100). Mientras que por concepto de "Cigarrillos", la base específica será de $128,88 (pesos uruguayos ciento veintiocho con 88/100), la tasa de un 70%, y el impuesto de $90,22 (pesos uruguayos noventa con 22/100).
Decreto N° 441/021 de fecha 29/12/2021: Establece los valores del Impuesto Específico Interno (IMESI) por litro por combustibles vigentes desde el 01/01/2022, así como se fija en $0 el IMESI de la enajenación realizada por fabricantes de alcohol carburante por compras realizadas por empresas industriales que produzcan naftas y lo utilicen como materia prima. Los fabricantes de alcohol carburante deberán presentar ante la Dirección General Impositiva (DGI) una relación de las ventas de dichos bienes con destino a elaborar naftas nacionales.
Decreto N° 442/021 de fecha 29/12/2021: Fija para las grasas y lubricantes las bases específicas, tasas e impuestos por unidad física enajenada, actualizando el régimen de liquidación del Impuesto Específico Interno (IMESI).
Decreto N° 443/021 de fecha 29/12/2021: Fija el valor del Impuesto Específico Interno (IMESI) para las bebidas en general, correspondiente al año 2022.
Decreto N° 444/021 de fecha 29/12/2021: Dispone la emisión de Notas de Tesorería hasta UI 9.500:000.000 (Unidades Indexadas nueve mil quinientos millones) en los plazos de 2 a 25 años, y de UP 24.500:000.000 (Unidades Previsionales veinticuatro mil quinientos millones) en los plazos de 2 a 30 años, ambas por los montos, condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Decreto N° 445/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba el proyecto de formulación de la estructura organizativa de la Secretaia Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT). El mismo estará integrado por un secretario nacional, la secretaría ejecutiva, teniendo el primero los cometidos del control y fiscalización y la realización de las políticas y estrategias de la secretaría en cuestión.
Decreto N° 446/021 de fecha 29/12/2021: Prórroga la aplicación de la franquicia establecida por el Decreto No. 75/021 de fecha 23/02/2021 hasta el 30 de abril de 2022. La misma refiere a una franquicia mínima adicional para compras en tiendas de Tax Free Shop.
Decreto N° 467/021 de fecha 31/12/2021: Actualiza los montos del Impuesto Judicial, creado por los artículos 87 a 98 de la Ley No. 16.134 de fecha 24/09/1990. De acuerdo al monto del asunto, el valor del Impuesto Judicial oscila entre $104 (pesos uruguayos ciento cuatro) y $956 (pesos uruguayos novecientos cincuenta y seis). Asimismo, en los asuntos no susceptibles de estimación pecuniaria, este impuesto tendrá el valor de $104 (pesos uruguayos ciento cuatro) en sede de Juzgados de Paz y de $634 (pesos uruguayos seiscientos treinta y cuatro) en sede de Juzgados Letrados, Tribunales de Apelaciones y Suprema Corte de Justicia. En cuanto a los valores del impuesto en asuntos de intimación de pago de alquileres, los valores irán desde $104 (pesos uruguayos ciento cuatro) hasta $312 (pesos uruguayos trescientos doce). Mientras que para los asuntos de intimación de desalojo, el valor del impuesto será de $312 (pesos uruguayos trescientos doce).
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Decreto N° 405/021 de fecha 10/12/2021: Crea el Registro Ambiental de Plantaciones Forestales, que será llevado por la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Ambiente. El interesado en la realización de una nueva plantación forestal de entre 40 y hasta 100 hectáreas de superficie afectada en un establecimiento o unidad de producción, deberá solicitar el registro del proyecto a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental. De esta forma, la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental expedirá el certificado correspondiente, una vez que quede firme el registro del proyecto forestal.
Decreto N° 425/021 de fecha 17/12/2021: Adopta las modificaciones realizadas a la Resolución GMC Nº 45/96, aprobada por Resolución MERCOSUR/GMC Nº 22/20, sobre "Reglamento Vitivinícola del Mercosur".
Decreto N° 456/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Instituto Nacional de Colonización (INC), a regir desde el 1° de enero de 2022.
Ministerio de Industria, Minería y Energía
Decreto N° 394/021 de fecha 01/12/2021: Declara aplicable en el derecho interno el denominado "Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Contenidos Netos de Productos Preenvasados", aprobado por Resolución No. 14/20 del Grupo Mercado Común.
Decreto N° 403/021 de fecha 10/12/2021: Modifica el artículo 1º, 3º y 4º del Decreto No. 137/021 de fecha 10/05/2021, sobre la reglamentación del artículo 237 de la Ley No. 19.889 de fecha 09/07/2020 sobre la elaboración de una propuesta integral de revisión, del mercado de combustibles. La nueva redacción dispone la modificación del plazo para que la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA): a) apruebe una regulación que contemple condiciones y requisitos que deban cumplir los sujetos intervinientes en la comercialización de combustibles líquidos; b) realice un estudio de revisión de precios en la venta de combustibles por parte de las distribuidoras a los operadores de estaciones de expendio; c) declare las primeras zonas desabastecidas y les diseñe un mecanismo de compensación adicional en coordinación con lo que dictamine el Poder Ejecutivo, fijándose el plazo de realización de dichos cometidos hasta antes del 1º de junio de 2022.
Decreto N° 404/021 de fecha 10/12/2021: Dispone que constatándose incumplimiento u omisión de las disposiciones del Decreto No. 315/994 de fecha 05/07/1994 sobre reglamento bromatológico, respecto de productos alimenticios y bebidas importadas, el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y el Ministerio de Salud Pública (MSP), aplicarán las sanciones dispuestas por la Ley No. 19.264 de fecha 05/09/2014 sobre control del cumplimiento de las especificaciones técnicas para los bienes y servicios destinados al uso y consumo. Las empresas a las que se les constate este incumplimiento por parte del Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU), deberán proceder a la reexportación, destrucción o readecuación de la mercadería en infracción. Dispone también las sanciones que podrá aplicar el MSP en caso de constatarse el incumplimiento de los procedimientos mencionados anteriormente.
Decreto N° 421/021 de fecha 17/12/2021: Incorpora al Derecho Interno la Resolución del Grupo de Mercado Común Nº 25/19 "Servicios de Paging Unidireccional: Banda Común del Mercosur".
Decreto N° 422/021 de fecha 17/12/2021: Incorpora al Derecho interno la Resolución del Grupo Mercado Común Nº 24/19 "Procedimiento de Reconocimiento de Permisos de Estaciones de Radiocomunicaciones para uso de las Empresas de Transporte Carretero"
Decreto N° 433/021 de fecha 20/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), correspondiente al ejercicio 2022.
Decreto N° 448/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba el Presupuesto de Recursos, Operativo e Inversiones de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) a regir a partir del 1° de enero de 2022.
Decreto N° 449/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Presupuesto de Compras, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) correspondiente al ejercicio 2022.
Decreto N° 450/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Correos (ANC) correspondientes al ejercicio 2022.
Decreto N° 451/021 de fecha 29/12/2021: Modifica las menciones realizadas en los artículos 1, 3 y 4 del Decreto No. 137/021 de fecha 10/05/2021, en la redacción dada por el Decreto No. 403/021 de fecha 10/12/2021, que reglamentó los cometidos dispuestos por artículo 237 de la Ley No. 19.889 (LUC) de fecha 09/07/2020 en lo relativo al mercado del petróleo crudo y derivados. La nueva redacción dispone que la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) tendrá plazo hasta el 1° de julio de 2022 para cumplir con los cometidos que surgen del artículo 237 de la Ley de Urgente Consideración.
Decreto N° 452/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) correspondientes al ejercicio 2022.
Decreto N° 453/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba los precios en planta para los combustibles generales, disolventes y productos especiales suministrados por la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland (ANCAP), que entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 2022.
Decreto N° 462/021 de fecha 30/12/2021: Aprueba las tarifas de energía y tasas para los servicios a cargo de la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE), que regirán a partir del 1° de enero de 2022.
Decreto N° 465/021 de fecha 30/12/2021: Exhorta a la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE) a prorrogar desde el 1° de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021 los programas promovidos por: a) Decreto No. 135/018 de fecha 07/05/2018 sobre programa de beneficios comerciales para empresas industriales localizadas en territorio nacional que incrementen el volumen físico exportado; b) Decreto No. 170/018 de fecha 04/06/2018 sobre programa de beneficios comerciales para empresas o establecimientos industriales con al menos un año de operación a la fecha de aprobación del decreto en cuestión; c) Decreto No. 264/018 de fecha 16/08/2021 sobre programa de beneficios comerciales para suscriptores de UTE que se encuentren comprendidos en las categorías tarifarias Gran Consumidores en todos los niveles de tensión del pliego tarifario de UTE. Los beneficios en todos los programas consisten en el descuento en la facturación mensual del cargo por energía sin Impuesto al Valor Agregado (IVA) neta de otros descuentos comerciales otorgados a la empresa.
Ministerio de Salud Publica
Decreto N° 392/021 de fecha 01/12/2021: Incorpora al ordenamiento jurídico nacional, la Resolución Grupo Mercado Común Nº 31/20 por la cual se aprobaron los procedimientos "Niveles de Seguridad en Depósitos de Establecimientos que Trabajan con sustancias y Productos Controlados".
Decreto N° 401/021 de fecha 08/12/2021: Incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Resolución Nº 55/08 del Grupo Mercado Común por la cual se dispuso derogar la Resolución GMC Nº 27/98 "Formularios y Plazos de validez de las Autorización de Importación y Exportación y Certificado de No Objeción de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas".
Decreto N° 424/021 de fecha 17/12/2021: Incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC Nº 32/20, del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por la cual se aprobaron los "Requisitos de Buenas Prácticas para el funcionamiento de los Servicios de Salud".
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Decreto N° 391/021 de fecha 01/12/2021: Autoriza al Banco de Previsión Social (BPS) a otorgar en el año 2021 un beneficio especial consistente en una Canasta de Fin de Año en dinero, cuyo valor será de $2.520 (pesos uruguayos dos mil quinientos veinte) a los jubilados, pensionistas y a los beneficiarios de la Asistencia a la Vejez prevista por la Ley No. 18.241 de fecha 27/12/2007. Serán beneficiarios de este beneficio aquellos sujetos comprendidos en el Decreto No. 260/021 de fecha 06/08/2021 (beneficiarios de jubilaciones mínimas servidas por el Banco de Previsión Social) y en la Ley No. 18.241 (personas de 65 años o mas, que carezcan de recursos para subvenir a sus necesidades vitales y que integren hogares que presenten carencias críticas en sus condiciones de vida).
Decreto N° 402/021 de fecha 08/12/2021: Crea un régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores afectados a la cosecha de caña de azúcar. Indica cuales son los requisitos que se deben cumplir a efectos de ser beneficiario del mismo, variando para los trabajadores con remuneración mensual, por día o por hora, y con remuneración variable.
Decreto N° 412/021 de fecha 16/12/2021: Establece una bonificación del 15% sobre las obligaciones jubilatorias patronales correspondientes al mes de cargo diciembre de 2021, que se pagan en enero de 2022, para los contribuyentes del Banco de Previsión Social (BPS). Para la instrumentación de lo dispuesto precedentemente, se aplicarán los mecanismos oportunamente establecidos por el BPS para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley No. 17.963 de fecha 19/05/2006, sobre la facultad otorgada al Poder Ejecutivo de otorgar esta bonificación.
Decreto N° 413/021 de fecha 16/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de Previsión Social (BPS), correspondiente al ejercicio 2022.
Decreto N° 423/021 de fecha 17/12/2021: Establece un cómputo jubilatorio bonificado de cuatro años por cada tres años de prestación efectiva de labor para los instrumentistas quirúrgicos de Médica Uruguaya Corporación Asistencia Médica que trabajen directamente en procedimientos de cirugía con Arco en C.
Decreto N° 431/021 de fecha 20/12/2021: Los trabajadores dependientes rurales que prestan servicios remunerados a terceros, quedan comprendidos en el régimen que cubre la contingencia de desempleo forzoso regulado por el Decreto- Ley No. 15.180 de fecha 20/08/1981 sobre seguro de desempleo. A efectos de otorgar el subsidio por desempleo, deberán tener registrado, los trabajadores mensuales un periodo de 9 meses; los trabajadores remunerados por día o por hora 225 jornales; y los trabajadores con remuneración variable un mínimo de 9 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC). En todos los casos el mínimo de relación laboral exigida y registrada debe haberse cumplido en los 30 meses inmediatos anteriores a la fecha de configurarse la causal respectiva.
Decreto N° 454/021 de fecha 29/12/2021: Fija el monto del Salario Mínimo Nacional, en la suma de $19.364 (pesos uruguayos diecinueve mil trescientos sesenta y cuatro) mensuales o su equivalente resultante de dividir dicho importe entre veinticinco para determinar el jornal diario o entre doscientos para determinar el salario por hora, a partir del 1° de enero de 2022.
Decreto N° 455/021 de fecha 29/12/2021: Dispone que los salarios mínimos y remuneraciones de las empresas comprendidas dentro del Grupo N° 05 "Industria del Cuero, Vestimenta y Calzado", Subgrupo N° 04 "Calzado", serán fijados para el periodo comprendido entre el 1° de julio de 2021 y el 30 de junio de 2023, disponiéndose que se efectuarán ajustes semestrales en las siguientes oportunidades: 1° de julio de 2021, 1° de enero de 2022, 1° de julio de 2022 y 1° de enero de 2023.
Decreto N° 461/021 de fecha 29/12/2021: Dispone que los salarios mínimos y remuneraciones de las empresas comprendidas dentro del Grupo N° 13 "Transporte por vía férrea de personas y de carga", Subgrupo 13 "Transporte por vía férrea de carga", serán fijados para el periodo comprendido entre el 1° de julio de 2021 y el 30 de junio de 2023, disponiéndose que se efectuarán ajustes semestrales en las siguientes oportunidades: 1° de julio de 2021, 1° de enero de 2022, 1° de julio de 2022 y 1° de enero de 2023
Decreto N° 463/021 de fecha 31/12/2021: Dispone que los salarios mínimos y remuneraciones de las empresas comprendidas dentro del Grupo N° 13 "Transporte y Almacenamiento", Subgrupo 07 "Transporte Terrestre de Carga Nacional. Todo tipo de transporte de carga para terceros, exceptuando los mencionados en otros grupos. Servicios de autoelevadores, grúas y equipos de movilización de carga con chofer y operador", serán fijados para el periodo comprendido entre el 1° de julio de 2021 y el 30 de junio de 2023, disponiéndose que se efectuarán ajustes semestrales en las siguientes oportunidades: 1° de julio de 2021, 1° de enero de 2022, 1° de julio de 2022 y 1° de enero de 2023.
Decreto N° 464/021 de fecha 31/12/2021: Prórroga por el plazo de 180 días a partir del 31 de octubre de 2021 la vigencia de las tasas de aportación previstas en el artículo 2 del lit. a del numeral 1 y en el lit. a del numeral 2 del artículo 2 del Decreto No. 146/019 de fecha 27/05/2019 en lo relativo al régimen transitorio de bonificación de servicios para los trabajadores de la actividad pesquera comprendidos en el artículo 1° del Decreto No. 159/010 de fecha 24/05/2010.
Ministerio de Transporte y Obras Publicas
Decreto N° 406/021 de fecha 13/12/2021: Aprueba la ejecución presupuestal de la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE) correspondiente al ejercicio 2019.
Decreto N° 432/021 de fecha 20/12/2021: Establece la obligatoriedad de homologar previo a su importación, las características técnicas de todos los vehículos de transporte de Peso Bruto Total mayor a 3.500 Kg según los procedimientos definidos por la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP). Los vehículos con dichas características se deberán registrar obligatoriamente ante la Dirección Nacional de Transporte del MTOP. Asimismo, dispone que todos los vehículos de las categorías M2, M3, N2 y N3 deberán contar con motores que cumplan como máximo con los valores límites de emisiones de gases y partículas contaminantes y de opacidad de humos establecidos en la Directiva 1999/96/CE de la Unión Europea o en la Norma EPA 98. Dicha obligatoriedad comenzará a regir a partir de los 180 días de la aprobación del presente.
Decreto S/N° de fecha 22/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Puertos (ANP) correspondiente al ejercicio 2022.
Decreto N° 447/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE) a partir del 1° de enero de 2022.
Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial
Decreto N° 457/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Agencia Nacional de Vivienda (ANV), correspondiente al ejercicio 2022.
Decreto N° 458/021 de fecha 29/12/2021: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU) para el ejercicio 2022.
Ministerio del Interior
Decreto N° 407/021 de fecha 16/12/2021: Aprueba el "Reglamento de Redención de Pena por Trabajo o Estudio". El mismo dispone que se conmutará un día de reclusión por dos días de trabajo (jornadas de 8 horas). Así también se conmutará un día de reclusión por dos días de estudio (un día de estudio equivale a la dedicación a dicha actividad durante 6 horas dentro de la misma semana). Para quienes hayan cometido delitos de rapiña, privación de libertad, lesiones graves y gravísimas, extorsión, homicidio intencional, entre otros, la exigencia de trabajo o estudio será a razón de un día de reclusión por cada tres días de trabajo y de un día de reclusión por cada tres días de estudio. Quedan excluidos del Régimen de Redención de Pena los condenados por los delitos de violación, abuso sexual y abuso sexual especialmente agravado, homicidio especialmente agravado y muy especialmente agravado, rapiña con privación de libertad, copamiento y secuestro.
Decreto N° 426/021 de fecha 20/12/2021: Sustituye el artículo 6 del Decreto No. 295/021 de fecha 07/09/2021 sobre la facultad del Ministerio del Interior para contratar hasta mil policiales retirados del subescalafón ejecutivo. Dispone que el Ministerio del Interior (MI) seleccionará a los funcionarios policiales retirados del subescalafón ejecutivo que hubieren obtenido la mejor ubicación en la lista de prelación elaborada por la Comisión Especial, disponiendo su incorporación mediante la celebración de un contrato por el término de hasta cuatro años, que podrá ser renovado mediante expresa declaración de la Administración, hasta por dos años más.
     PROYECTOS DE LEY
Proyecto de fecha 01/12/2021: Declara de interés general y como un asunto de Salud Pública, todos los aspectos concernientes al tratamiento integral y rehabilitación con uso problemático de drogas imputadas por delitos relacionados o no al mismo. Crea el Consejo Nacional Asesor en Adicciones del Sistema Carcelario y medidas sustitutivas así como el Centro de Tratamientos, Rehabilitación y Seguimiento de personas con Consumo Problemático de Drogas. Modifica el artículo 295 Bis inciso 2 de la Ley No. 19.293 de fecha 19/12/2014 de aprobación del Código del Proceso Penal, disponiendo que es lo que se entiende por libertad a prueba y también se modifica el artículo 295 Bis Inciso 10 literal A de la misma ley, conceptualizando a la atención médica o psicológica de apoyo o rehabilitación para personas con Consumo Problemático de Drogas. Asimismo, dispone la implementación de medidas sustitutivas en caso de que se compruebe: a) que el delito se cometió por el consumo de sustancias psicoactivas; b) que el autor presenta un uso problemático de las mismas; o c) la pena por la comisión del delito no será de penitenciaría. En caso de que el imputado tenga un consumo problemático de sustancias psicoactivas, en forma complementaria, se le ofrecerá un tratamiento de rehabilitación y seguimiento de acuerdo con el Plan Integral de Tratamiento, Rehabilitación y Seguimiento de personas penadas con Consumo Problemático de Drogas
Proyecto de fecha 01/12/2021: Deja sin efecto la obligatoriedad del voto en el caso de todas aquellas elecciones correspondientes a la Universidad de la República (UDELAR) y a la Administración Nacional de la Educación Pública (ANEP) a diferentes organismos públicos que no constituyen ámbitos de gobierno nacional, departamental o local.
Proyecto de fecha 01/12/2021: Deja sin efecto lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley No. 18.860 de fecha 23/12/2011, referido al artículo 8 de la Ley No. 18.456 de fecha 26/12/2008 en lo relativo a la aplicación de lo dispuesto en la esta última ley (regulación del empadronamiento de vehículos automotores) a todos aquellos vehículos que se empadronan a partir del 1º de enero de 2012.
Proyecto de fecha 01/12/2021: Establece un sistema para la búsqueda temprana de menores de edad ausentes, que llevará el nombre de "Alerta Amber" para comunicar en forma inmediata y eficiente la ausencia de niños, niñas y adolescentes. Este sistema estará a cargo del Ministerio del Interior. En caso de ausencia de menores de edad, se librará la "Alerta Amber" en todo el territorio nacional, apenas se tome conocimiento de la desaparición. Se establece que dentro de las dos horas siguientes a la denuncia de ausencia, deberá haberse difundido a la población en general mensajes para la localización de la persona desaparecida, a través de los medios de comunicación.
Proyecto de fecha 02/12/2021: Declara de interés nacional el desarrollo de proyectos científicos que se presenten por medio de clubes de ciencias en ferias o campamentos de ciencias o similares.
Proyecto de fecha 02/12/2021: Incorpora al Código Penal (CP) el artículo 359 bis, el cual dispone que quien sin justa causa dañare o socave la salud o integridad de los animales domésticos o domesticados, causándole sufrimiento innecesario y/o la muerte, tendrá una pena de entre 3 a 6 meses de prisión. Quedan comprendidos como animales domésticos los perros y gatos y como animales domesticados, los que amansados que son utilizados por el hombre ya sea para el transporte o para tracción a sangre.
Proyecto de fecha 07/12/2021: Modifica el artículo 198 del Código del Niño y Adolescente (CNA) sobre el proceso de investigación de paternidad. Agrega al final de su redacción "el derecho del hijo o sus descendientes a conocer su ascendencia biológica en cualquier momento a todos los efectos salvo los patrimoniales y sucesorios, según el procedimiento previsto en los artículos siguientes".
Proyecto de fecha 07/12/2021: Dispone que aquellos afiliados al Banco de Previsión Social (BPS) que estando obligados a sufragar el domingo 28 de noviembre de 2021, y no lo hubiesen hecho, no serán pasibles de las sanciones previstas en el artículo 21 de la Ley No. 16.241 de fecha 09/01/1992.
Proyecto de fecha 07/12/2021: Agrega en el Libro II del Código Penal (CP) artículos referidos a: a) tráfico de fauna y flora protegidas; b) caza, pesca, captura y muerte de fauna en áreas naturales protegidas; c) circunstancias agravantes especiales. Crea la figura del Guarda de Biodiversidad, que trabajará bajo la protección de la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente (MA). Declara desde la promulgación de este proyecto de ley y hasta el 31 de marzo del 2025, la moratoria en todo el territorio nacional de las autorizaciones de la Dirección Forestal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP). Por último, dispone la creación de una aplicación digital denominada "Cuidemos" para que cada ciudadano pueda efectuar denuncias sobre daños a la flora y fauna.
Proyecto de fecha 08/12/2021: Sustituye y modifica disposiciones de la Ley No. 17.515 de fecha 04/07/2002 respecto al marco regulatorio del trabajo sexual. Las modificaciones versan sobre qué se considera trabajo sexual, quienes son trabajadores sexuales, las exigencias impuestas a estos a efectos de desempañarse como tal, las facultades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Ministerio de Salud de inspeccionar los locales donde se ejerza el trabajo sexual. Asimismo, cambia la denominación de la "Comisión Nacional Honoraria de Protección al Trabajo Sexual" a "Comisión Nacional de Protección al Trabajo Sexual" que velará por el cumplimiento de la Ley No. 17.515. En cuanto a las condiciones y lugares para el ejercicio del trabajo sexual, dispone que la persona que ejerza el trabajo sexual deberá realizarse controles de salud semestrales, y será el Ministerio de Salud Pública (MSP) quien controlará el cumplimiento de las disposiciones sanitarias a fin de promover y preservar la salud de las personas que ejerzan el trabajo sexual.
Proyecto de fecha 08/12/2021: La Cámara de Representantes solicita a la Corte Electoral (CE) se tomen medidas para el registro de: a) información de grupo étnico en el momento de la inscripción en el padrón electoral; b) información de sexo, en el momento de traslados u otras trámites ante la CE; c) información de género, en el momento de traslados u otros trámites ante la CE. Así también se solicita que se realicen las publicaciones sobre: a) datos desagregados por sexo sobre la composición del padrón electoral; b) datos desagregados por género sobre la composición del padrón electoral; c) datos desagregados por grupo étnico sobre la composición del padrón electoral; d) datos desagregados por sexo sobre la participación en cada instancia electoral; y e) datos desagregados por grupo étnico sobre la participación en cada instancia electoral.
Proyecto de fecha 09/12/2021: Establece reglas y principios generales que regulen la obligación del estado en cuanto a la conservación y organización del archivo documental correspondiente al periodo comprendido entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985. Será la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo quien tiene el deber de ejecutar esta obligación. Asimismo, el Estado está obligado a comunicar a la Institución Nacional de Derechos Humanos toda la información y documentación que se recabe en relación a las violaciones a los derechos humanos.
Proyecto de fecha 09/12/2021: Establece que el pasaporte nacional deberá contemplar lo dispuesto por el artículo 77 de la Constitución en cuanto todo ciudadano es miembro de la Soberanía de la Nación, y se deberá indicar la nacionalidad como uruguaya de los ciudadanos tanto legales como naturales. En caso de que el ciudadano legal realice una desnaturalización ulterior, perderá la calidad de Nacional de la República Oriental del Uruguay (ROU). En caso de los hijos menores de edad de padre o madre naturalizados adquieren la ciudadanía legal, quedando suspendidas hasta su mayoría de edad, debiendo tramitarla a través de sus representantes legales.
Proyecto de fecha 10/12/2021: Establece un régimen especial de comercio fronterizo con el fin de lograr la estabilidad económica y social en las zonas del país afectadas por las diferencias de precio con los países limítrofes. Tiene como finalidades: a) impulsar el desarrollo equilibrado de todo el territorio nacional; b) fortalecer los procesos de integración y cooperación entre Uruguay y países vecinos; c) reducir la inflación de la economía, entre otros.
Proyecto de fecha 10/12/2021: Regula los servicios de transporte por carretera, tanto de transporte colectivo de pasajeros como de carga. A efectos de explotar estos servicios, será necesario obtener una habilitación, salvo para el caso de transporte de carga en la categoría de transporte no profesional que se realice con vehículos de tracción de capacidad de carga menor o igual a 3500 Kg. Además, crea el Registro General de Empresas y Vehículos de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), en el cual deberán inscribirse todas las empresas que presten servicios de transporte colectivo de pasajeros y de carga por carretera.
Proyecto de fecha 13/12/2021: Aprueba el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay (ROU) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), sobre la creación del Centro Experimental Regional de Tecnologías de Saneamiento como Centro Categoría 2, bajo el auspicio de la UNESCO.
Proyecto de fecha 14/12/2021: Crea una Comisión en el ámbito del Ministerio de Ambiente (MA), con el fin de iniciar acciones en los Bañados de Carrasco tendientes convertirlo en un Ecoparque como instrumento que permita conciliar la protección del ambiente con el desarrollo económico y social. Tendrá como cometidos, ejecutar acciones de dominio, contralor y vigilancia, así como el diseño y ejecución de obras preliminares que conllevan a su acondicionamiento. Asimismo, crea el Fondo "Bañados de Carrasco" con el objeto de compensar a las jurisdicciones que conservan los humedales y sus servicios ecosistémicos, mediante la protección y el uso racional y sostenible de aquellos. Estará integrado por las partidas presupuestales asignadas anualmente, los préstamos y subsidios que le sean otorgados, donaciones, y todo otro aporte destinado al cumplimiento de programas a cargo del Fondo.
Proyecto de fecha 15/12/2021: Regula y garantiza el derecho de las personas a transcurrir dignamente el proceso de morir. Aquellas personas que padezcan una patología terminal o condición de salud que afecte sensiblemente su calidad de vida, para ambos casos irreversible, incurable y afligida, tiene derecho a recibir la asistencia médica de ayuda a morir. Se ejercerá este derecho luego de haber formulado dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito. La voluntad del paciente es siempre revocable. Además deberá prestar un consentimiento informado, agregándose el mismo a su historia clínica. No podrá hacerse uso de este derecho cuando el médico actuante certifique que la persona está en situaciones de incapacidad de hecho permanente. En todos los casos previstos en esta ley, el médico actuante deberá comunicarlo a la Comisión de Bioética y Calidad Integral de la Atención a la Salud del Ministerio de Salud Pública.
Proyecto de fecha 15/12/2021: Encomienda a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) a realizar la licitación para la venta o explotación de sus plantas de envasados de gas licuado de petróleo (GLP), una vez finalizados los contratos actualmente existentes con los operadores. Dispone que una vez finalizados los contratos vigentes, se libera la distribución del gas licuado de petróleo para todo aquel que cumpla con las condiciones establecidas por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA). A su vez, encomienda a la URSEA a determinar la diferencia entre el precio de venta por kilo de GLP recibido por ANCAP, luego de cubiertos los costos de envasados y distribución, y el costo que realmente tiene ANCAP para la puesta en plantas de distribución a dicho producto.
Proyecto de fecha 15/12/2021: Define a las Agencias de Colocación de Empleo, determinando que serán aquellas que presenten servicios destinados a vincular ofertas y demandas de empleo y aquellas que presten servicios consistentes en emplear trabajadores con el fin de ponerlos a disposición de una tercera persona. Estos deberán inscribirse en el Registro de la Dirección Nacional de Empleo y obtener la licencia habilitante respectiva así como suministrar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) información referente a puestos demandados por los empleadores, postulaciones de empleo, y colocaciones efectuadas. Prohíbe a estas agencias: el cobro de comisiones u honorarios por intermediar en la postulación o colocación de empresas;la subcontratación de terceros para la prestación de los servicios objeto de habilitación concedida por la Dirección de Empleo; el poner trabajadores a disposición de una empresa a efectos de reemplazar trabajadores en huelga. Cualquier incumplimiento de las obligaciones dispuestas, acarreará sanciones con la suspensión o pérdida de la licencia habilitante según la gravedad o reiteración de la infracción o incumplimiento cometido.
Proyecto de fecha 15/12/2021: Regula el acceso de artistas mujeres y disidencias, estableciendo un cupo, a los eventos de música en vivo y en plataformas virtuales, que hacen al desarrollo de la industria musical. La determinación del cupo implica la participación en los eventos musicales organizados, directa o indirectamente, mediante dinero de origen estatal. Las artistas y disidencias deberán estar inscriptas en el Registro de Artistas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Conforme a ello, serán sujetos obligados: a) productor/a; b) organizador/a; c) contratista; d) curador/a; e) responsable comercial del evento; sean éstos personas física o jurídica, de derecho público o privado, o paraestatales.
Proyecto de fecha 15/12/2021: Fija el arancel comercial por concepto de comisiones por el uso de medios de pago electrónicos tarjeta de débito o dinero electrónico, a cargo de los comercios adherentes al sistema, no pudiendo superar 0,4%. Para aquellos sectores de actividad que no tengan precios tarifados o restricciones legales al uso de efectivo, el límite del arancel variará progresivamente de 0,95% para el año 2022 y de 0,4% para el año 2024. En caso de que el pago sea mediante tarjetas de crédito en una cuota, el mismo no podrá superar el 1,5%. Para aquellos sectores de actividad que no tengan precios tarifados o restricciones legales al uso de efectivo, el límite del arancel variará progresivamente de 2% para el año 2022, y de 1,5% para el año 2024.
Proyecto de fecha 15/12/2021: Faculta al Poder Ejecutivo para la creación de un Fondo de Amortiguación de Precios de las Naftas en función del valor internacional del petróleo. Será administrado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) y será financiado por los aportes del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondientes a la porción que conforma al precio de la nafta.
Proyecto de fecha 15/12/2021: Sustituye el Literal E del Artículo 19 del Título 10 del Texto Ordenado. Asimismo, exonera del Impuesto del Valor Agregado (IVA) a los combustibles derivados del petróleo, excepto fueloil. Sustituye y fija en $2 (pesos uruguayos) por litro, el Impuesto Específico Interno (IMESI) que grava el gasoil. Faculta al Poder Ejecutivo a actualizar anualmente dicho valor hasta la variación que experimente el Índice de Precios al Consumo (IPC) a partir de la referida fecha.
Proyecto de fecha 15/12/2021: Modifica la denominación del Fideicomiso del Boleto por Fideicomiso de Utilización de Unidades o Híbridas. Éste tiene por objeto lograr un abatimiento del precio del transporte colectivo de pasajeros mediante el uso de unidades eficientes energéticamente. Asimismo, autoriza al Poder Ejecutivo a requerir contribuciones adicionales de hasta un 30% de sus utilidades netas anuales para el financiamiento del "Fideicomiso de Utilización de Unidades Eléctricas o Híbridas" El fideicomiso pagará a las empresas de transporte colectivo de pasajeros el beneficio correspondiente en función de la cantidad de pasajeros del mes anterior, de la cantidad de kilómetros recorridos en el mes anterior y del porcentaje de flota con tecnología más eficiente desde el punto de vista ambiental.
Proyecto de fecha 16/12/2021: Prorroga el plazo establecido en el artículo 6º de la Ley No. 19.247 de fecha 15/08/2014 sobre la regularización de la tenencia de armas y la entrega voluntaria de cualquier arma de fuego que se posean a las dependencias del Ministerio del Interior (MI) o del Ministerio de Defensa Nacional (MDN), hasta el 1º de marzo de 2025.
Proyecto de fecha 17/12/2021: Aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Angola, sobre la facilitación de visas a personas de negocios.
Proyecto de fecha 17/12/2021: Aprueba el Acuerdo de Cooperación entre la República Oriental del Uruguay y la República de Angola.
Proyecto de fecha 17/12/2021: Deja sin efecto todos los plazos que rigen a efectos de promover las diferentes acciones de filiación, tanto legítima como natural. Deroga la presunción de filiación a que se refiere los artículos 214 y ss. del Código Civil Uruguayo. En cuanto a las acciones de emplazamiento y desplazamiento filiatorio, pueden ejercitarse en cualquier momento, aun en los casos en que los plazos hayan caducado o se encuentren prescritos de acuerdo con la legislación anterior, la que se mantiene vigente en todos los demás términos. Los emplazamientos filiatorios resultantes de esta consagración legal, no pueden afectar derechos adquiridos por terceros de buena fe.
Proyecto de fecha 23/12/2021: Sustituye el numeral 9 del artículo 1° del Título 11 del Texto Ordenado 1996 en lo relativo al Impuesto Específico Interno (IMESI), disponiendo que este impuesto gravará la primera enajenación, a cualquier título, en un 70%, a los "Tabacos, cigarrillos y otros productos de uso similar, preparados totalmente o en parte utilizando como materia prima hojas de tabaco y destinados a ser fumados, inhalados, chupados, mascados o utilizados como rapé…" El Poder Ejecutivo podrá incrementar aquella tasa hasta un máximo de 72% a medida que disponga la vigencia de las derogaciones dispuestas en el artículo 45 del Decreto-Ley No. 14.498 de fecha 19/02/1976.
     RESOLUCIONES DICTADAS POR LA D.G.I.
Resolución N° 2072/021: Se incluye en la nómina de bienes exonerados del IVA que establece el numeral 1º de la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/979, a los siguientes bienes: Pinzas aplicadoras de caravanas para trazabilidad ganadera.
Resolución N° 2075/021: Se modifica la Resolución de la Dirección General Impositiva N° 798/018, ajustando disposiciones del régimen de documentación mediante comprobantes fiscales electrónicos (CFE).
Resolución N° 2087/021: Se incluye en la nómina de bienes exonerados del IVA que establece el numeral 1º de la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/979, a los siguientes bienes:Pinzas para descolar lanares y/o suinos.
Resolución N° 2095/021: Se fija el monto de las operaciones exceptuadas de documentar, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 44º del Decreto Nº 597/988, a partir del 1º de enero de 2022.
Resolución N° 2096/021: Se fijan las tasas de actualización de las rentas vitalicias computables para la liquidación del Impuesto al Patrimonio de las personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas del ejercicio 2021, en moneda nacional y en dólares estadounidenses.
Resolución N° 2097/021: Se establece la contravención por incumplimiento de deberes formales ante el Registro Único Tributario (RUT), y se fija, a partir del 1º de enero de 2022, el valor del duplicado de la constancia de inscripción ante el mencionado Registro.
Resolución N° 2098/021: Se fijan los días de vencimiento de presentación de declaraciones juradas y pagos de impuestos correspondientes al período: Enero 2022 a Diciembre 2022.
Resolución N° 2099/021: Se amplía el plazo de vigencia de las constancias emitidas durante el año 2021, en relación a la exoneración del IRPF (arrendamiento de inmuebles), y el plazo para su renovación.
Resolución N° 2100/021: Se modifica el numeral 20 de la Resolución de la Dirección General Impositiva N° 1478/007, se modifican los plazos para el cumplimiento de obligaciones tributarias de los sujetos pasivos de impuestos administrados por la DGI.
Resolución N° 2189/021: Se actualizan los montos de las sanciones a aplicar por la omisión de presentar declaraciones juradas dentro de los plazos establecidos legalmente.
Resolución N° 2203/021: Se establece el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, para el mes de enero de 2022.
Resolución N° 2204/021: Se fijan los precios fictos por kilo tanto para carne de aves enteras, trozadas o deshuesadas, como para gallinas de postura de descarte, que regirán a partir del 1° de enero de 2022 para la aplicación de la Resolución Nº 3.832/015 de DGI.
Resolución N° 2205/021: Se fijan, a partir del 1º de enero de 2022, los nuevos valores por kilo de venta al público de carne bovina y ovina y sus menudencias, a efectos de la percepción del IVA, así como el IVA que deben tributar quienes vendan al público el producido de la faena por ellos realizada de animales de su propiedad. .
     CONSULTAS EFECTUADAS A LA D.G.I.
No se publicaron consultas realizadas a DGI.
     COMISIÓN DE APLICACIÓN DE LA LEY DE INVERSIONES - C.O.M.A.P.
De acuerdo con la página web de la COMAP, (http://comap.mef.gub.uy/) no hay novedades en el mes de DICIEMBRE de 2021
     SENTENCIAS TRIBUTARIAS DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - T.C.A.
No se publicaron sentencias tributarias del TCA.
     CIRCULARES DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY - B.C.U.
Circular N° 2395 de fecha 16/12/2021: Sustituye e incorpora varias disposiciones normativas relativas a los emisores de instrumentos electrónicos, y en especial a las obligaciones y régimen sancionatorio.
Circular N° 2396 de fecha 16/12/2021: Sustituye e incorpora varias disposiciones normativas relativas a las empresas aseguradoras, y en especial a los activos afectados a las reservas técnicas previsionales y deudas con asegurados por seguros previsionales.
Circular N° 2397 de fecha 23/12/2021: Sustituye e incorpora varias disposiciones normativas relativas a las Instituciones de Intermediación Financiera, sirviendo de adecuación normativa en materia de requisitos de capital y de tope de riesgo crediticios. Entre las normas modificadas se encuentran las relativas: a) emisión y transferencia de acciones; b) reducción, recompra, rescate o amortización anticipada de instrumentos incluidos en la responsabilidad patrimonial neta; c) definición y requisitos del gobierno corporativo; d) sistema de gestión integral de riesgos; e) responsabilidad patrimonial neta; f) integración de la financiación estable requerida; g) relaciones técnicas para bancos, casas financieras y cooperativas de intermediación financiera; h) relaciones técnicas para bancos de inversión; i) relaciones tecnicas para empresas administradoras de crédito de mayores activos; j) relaciones técnicas para empresas de servicios financieros; k) prohibiciones y limitaciones.
     AUDITORÍA INTERNA DE LA NACIÓN - AIN
No se publicaron novedades de A.I.N.
     CIRCULARES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - S.C.J.
Circular N° 137/021 de fecha 03/12/2021: Aprueba el procedimiento de actuación para la ejecución de decisiones judiciales que refieren al traslado y/o reubicación de niños y niñas en los distintos centros educativos de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP).
Circular N° 138/021 de fecha 03/12/2021: Exonera de los costos de reempadronamiento (matrículas y documento de identificación del vehículo) a jueces y fiscales de todas las materias que por razones laborales y por hasta un vehículo por magistrado, deban realizar estos trámites por aplicación de la Ley No. 18.456 de fecha 26/12/2008 (de empadronamiento)
Circular N° 141/021 de fecha 06/12/2021: Encomienda a los Magistrados a manifestarse de eventuales dificultades en la aplicación de la Ley No. 19.529 (Ley de Salud Mental en materia de niños o adolescentes) de fecha 24/08/2021.
Circular N° 153/021 de fecha 20/12/2021: Declara inhábiles los días comprendidos entre el 20 y 23 de diciembre de 2021 inclusive, en los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Familia de 19º y 20º.
Circular N° 155/021 de fecha 27/12/2021: Actualiza los valores de competencia a que refieren las normas de la Ley No. 15.750 - literales b) a i) de la Acordada No. 7826, quedando definidos de la siguiente manera: a) hasta 702.000 para los Juzgados de Paz Departamentales de la Capital que entiendan en los asuntos contenciosos, civiles, comerciales y de hacienda (inciso 2 del artículo 72); b) superior a 379.000 y hasta 702.000 los Juzgados de Paz Departamentales del Interior, dentro de los idénticos límites territoriales en primera instancia en los asuntos contenciosos, civiles, comerciales y de hacienda (num. 1 literal a del artículo 73); c) superior a 169.000 y hasta 379.000 en los Juzgados de Paz Departamentales del Interior en los asuntos contenciosos, civiles, comerciales y de hacienda (numeral 2 literal a del art. 73); entre otros.
     OTROS DOCUMENTOS, NORMAS Y SENTENCIAS DE INTERÉS
No se publicaron otras normas de interés.
     TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
La OCDE publica nuevos perfiles de precios de transferencia para 21 países: La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) ha publicado el segundo lote de perfiles de países de precios de transferencia actualizados.
Selección de normas y sentencias de interés obtenidas de los sitios web de Presidencia, DGI, COMAP, BCU, Poder Judicial, Parlamento
y especializados en el mes DICIEMBRE de 2021.

RUEDA ABADI PEREIRA
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