NOTICIAS
MAYO 2022     
Nuestros socios, Cr. Félix Abadi y Dr. Rafael Garrcía expusieron en el evento Blockchain ORT 2022, organizado por Universidad ORT Uruguay el pasado 25 de mayo. Puede ver el vídeo de la conferencia que contó con expositores de primer nivel en la materia en el siguiente enlace: [Más información]
Nuestro socio, Santiago Pereira Campos, participó en el “Girona Michele Taruffo Evidence Week” donde integró el workshop sobre prueba en el arbitraje.
Nuestro socio, el Dr. Rafael García, expuso para el curso "Actualización de Jurisprudencia sobre Propiedad Horizontal" dictado de forma virtual y organizado por CADE, los días 19 y 20 de mayo pasados.
El Cr. Félix Abadi, socio de nuestra firma, expuso en la charla técnica "Puesta a punto sobre temas de interés para la profesión contable", organizada por Memory el pasado 18 de mayo.
NORMAS
     LEYES
Ley 20032 de fecha 03/05/2022: Aprueba el Memorando de Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social de la República Oriental del Uruguay y el Ministerio de Acción Social, Familia y Promoción de la Mujer de la República de Angola, suscrito en Luanda el 19 de febrero 2019.
Ley 20036 de fecha 20/05/2022: Aprueba el Tratado de Cooperación Judicial en Materia Penal entre la República Oriental del Uruguay y la República Italiana, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 1º de marzo de 2019.
Ley 20037 de fecha 20/05/2022: Aprueba el Protocolo de Contrataciones Públicas del Mercosur, firmado en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil el 21 de diciembre de 2017.
Ley 20039 de fecha 27/05/2022: Aprueba el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República de Angola sobre Cooperación y Asistencia Mutua en Asuntos Aduaneros, suscrito en Luanda, el 18 de febrero de 2019.
     DECRETOS
Consejo de Ministros
Decreto N° 143/022 de fecha 05/05/2022: Prorroga desde el 8 de mayo de 2022 y por el plazo de treinta días, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a las enajenaciones correspondientes a la etapa minorista del pan blanco común, galleta de campaña, pastas y fideos, así como también el régimen de devolución del IVA previsto en el inciso final del artículo 1 de la Ley No. 20.028 de fecha 0704/2022, en lo relativo a las importaciones de bienes y servicio destinados a integrar el costo de los bienes señalados precedentemente.
Decreto N° 153/022 de fecha 17/05/2022: Dispone la aplicación del Régimen de contratación de los beneficiarios del Programa Oportunidad Laboral y sus pautas de ejecución” aprobado por el Decreto No. 164/021 de fecha 01/06/2021, al Programa creado por Ley No. 19.952 de fecha 20/05/2021.
Decreto N° 160/022 de fecha 23/05/2022: Crea, en el ámbito de la Infraestructura de Datos Espaciales, el Sistema Único de Direcciones que estará conformado por una base única de direcciones de todo el país que contengan de manera geolocalizada a la nomenclatura oficial de las calles, números de puerta, entre otras, y por un conjunto de canales digitales de edición, sugerencias y consultas disponibles por WEB. Determina que a partir del 1º de enero de 2023 todas las dependencias del Poder Ejecutivo deberán utilizar el Sistema Único de Direcciones para la verificación de direcciones y para la asignación de identificador único de dirección correspondiente en sus sistemas de información.
Decreto N° 161/022 de fecha 23/05/2022: Aprueba el “5º Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto de Uruguay 2021-2024”.
Ministerio de Economía y Finanzas
Decreto N° 140/022 de fecha 04/05/2022: Prorrogase hasta el 30 de septiembre de 2022 lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto No. 318/021 de fecha 22/09/2021 en lo relativo a la reducción de la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en actividades turísticas.
Decreto N° 154/022 de fecha 17/05/2022: Fija en U$S 850 (dólares americanos ochocientos cincuenta) la franquicia adicional mínima para compras en las tiendas libres de impuestos establecidas en aeropuertos de llegada, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 de la Decisión No. 53/2008 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, por el plazo de 90 días, contados a partir de la entrada en vigencia del presente.
Decreto N° 155/022 de fecha 17/05/2022: Sustituye el artículo 3 del Decreto No. 138/020 de fecha 29/04/2020 (promoción de las actividades de construcción para la venta o arrendamiento de inmuebles con destino a oficinas o viviendas), ampliando las inversiones comprendidas en el presente decreto, incluyendo a las inversiones ejecutadas hasta el periodo de 60 meses contados a partir de la fecha en la que el Gobierno Departamental otorgue el permiso de construcción para las construcciones donde el valor de la obra civil y los bienes muebles de uso común no superen las 60.000.000 UI, y hasta el periodo de 48 meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, en las construcciones que se encuentren inscriptas en el Banco de Previsión Social, y que tengan o no actividad, en las cuales reste ejecutar las inversiones por un valor en obra civil y bienes muebles de uso común superior a 60.000.000 UI.
Decreto N° 156/022 de fecha 17/05/2022: Sustituye el acápite del inciso primero del artículo 3 del Decreto No. 329/016 de fecha 13/10/2016 (donde se declara de interés nacional el proyecto de inversión, actividades de construcción y venta de inmuebles), quedando bajo el rótulo de “Inversiones comprendidas”, a las inversiones ejecutadas entre el 31/12/2018 y el 31/12/2023.
Decreto N° 158/022 de fecha 23/05/2022: Sustituye el artículo 2º del Decreto No. 520/007 de fecha 27/12/2007, en la redacción dada por el artículo 2º del Decreto No. 443/2021 de fecha 29/12/2021, en cuanto a la actualización del monto imponible del Impuesto Específico Interno. En efecto, el artículo 2º dispone la fijación de montos fijos por unidad física enajenada correspondiente a determinadas bebidas alcohólicas y no alcohólicas, de acuerdo con los numerales establecidos por el artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1996.
Decreto N° 165/022 de fecha 24/05/2022: Fija el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de febrero de 2022, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto Ley No. 14.219, en $1.428,01 (pesos uruguayos mil cuatrocientos veintiocho con 01/100), así como el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de febrero de 2022 en $1.390,25 (pesos uruguayos mil trescientos noventa con 25/100). Asimismo determina el índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo (IPC), el cual asciende en el mes de febrero de 2022 a 247,68 (doscientos cuarenta y siete con 68/100), sobre base diciembre 2010=100. Por último, establece que el coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de marzo de 2022 es de 1,0638 (uno con seiscientos treinta y ocho diezmilésimos).
Decreto N° 166/022 de fecha 24/05/2022: Dispone para aquellas entidades que- conforme a normas contables adecuadas en Uruguay-, posean una moneda funcional diferente a la moneda de curso legal en nuestro país deberán mantener los libros Diario e Inventario previsto por el artículo 55 del Código de Comercio en ambas monedas.
Decreto N° 167/022 de fecha 24/05/2022: Incorpora al ordenamiento jurídico interno las Decisiones No. 8/21, 11/21 y 12/21 del Consejo del Mercado Común, referidas a los Bienes de capital, bienes de informática y telecomunicaciones; Modificación de la decisión CMC No. 58/10; y Arancel externo común, respectivamente.
Decreto N° 168/022 de fecha 24/05/2022: Fija el valor del Índice Medio del Incremento de los Precios de Venta de los Inmuebles Rurales (IMIPVIR) al 31 de marzo de 2022, en la suma de 4,98.
Decreto N° 169/022 de fecha 24/05/2022: Incorpora al Anexo I del Decreto No. 48/022 de fecha 31/012022, la posición arancelaria bajo el número 3002.90.00.00, ascendiendo al 3%.
Decreto N° 169/022 de fecha 24/05/2022: Fija el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de marzo de 2022, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto Ley No. 14.219, en $1.431,52 (pesos uruguayos mil cuatrocientos treinta y uno con 52/100), así como el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de marzo de 2022 en $1.410,85 (pesos uruguayos mil cuatrocientos diez con 85/100). Asimismo, determina el índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo (IPC), el cual asciende en el mes de marzo de 2022 a 250,42 (doscientos cincuenta con 42/100), sobre base diciembre 2010=100. Por último, establece que el coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de abril de 2022 es de 1,0669 (uno con seiscientos sesenta y nueve diezmilésimos).
Decreto N° 178/022 de fecha 27/05/2022: Incorpora al ordenamiento jurídico nacional las Directivas No. 10/22, 11/22 y 12/22 de la Comisión de Comercio del Mercosur, las tres denominadas “Acciones puntuales en el ámbito arancelario por razones de abastecimiento”.
Decreto N° 179/022 de fecha 27/05/2022: Autoriza la transformación de cargos vacantes en la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Faculta a la Contaduría General de la Nación (CGN) a reasignar los créditos presupuestales a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto.
Decreto N° 180/2022 de fecha 27/05/2022: Fija el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de abril de 2022, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto Ley No. 14.219, en $1.434,88 (pesos uruguayos mil cuatrocientos treinta y cuatro con 88/100), así como el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de abril de 2022 en $1.431,47 (pesos uruguayos mil trescientos treinta y uno con 47/100). Asimismo, determina el índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo (IPC), el cual asciende en el mes de abril de 2022 a 251,65 (doscientos cincuenta y uno con 65/100), sobre base diciembre 2010=100. Por último, establece que el coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de mayo de 2022 es de 1,0696 (uno con seiscientos noventa y seis diezmilésimos).
Ministerio de Industria, Minería y Energía
Decreto N° 171/022 de fecha 24/05/2022: Incorpora al Derecho interno la Resolución del Grupo Mercado Nº 26/19 relativa a “Disposiciones sobre el Servicio Móvil Marítimo en la Banda de VHF” (muy alta frecuencia).
Decreto N° 177/022 de fecha 31/05/2022: Aprueba nuevos montos de Precios en Planta (PEP) para los combustibles generales, disolventes y productos especiales suministrados por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de las cero horas del 1º de junio de 2022.
Ministerio de Salud Publica
Decreto N° 147/022 de fecha 09/05/2022: Incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC No. 09/08 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por la cual se aprobaron los “Procedimientos mínimos de inspección sanitaria en embarcaciones que navegan por los Estados Partes del MERCOSUR”.
Decreto N° 162/2022 de fecha 23/05/2022: Crea la Mesa de Análisis de Incendios Forestales y Quemas a cielo abierto en el ámbito del Sistema Nacional de Emergencias. La misma establecerá estrategias nacionales, planes, protocolos y regulaciones en materia de incendios forestales y quemas a los efectos de garantizar la seguridad y salud humana, los bienes de significación y el medio ambiente.
Decreto N° 173/022 de fecha 24/05/2022: Incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC Nº 02/21 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por la cual se aprobaron los “Criterios Mínimos para la Ampliación de Riesgo de la Clasificación de Deficiencias en Buenas Prácticas de Fabricación de Medicamentos”.
Decreto N° 172/022 de fecha 24/06/2022: Incorpora un nuevo arancel para los servicios de controles no formales que realiza el Ministerio de Salud Pública (MSP), previstos en el artículo 15.9.2 del Decreto No. 179/002 de fecha 21/05/2002, en lo relativo a fijación de aranceles que percibe el Ministerio de Salud Pública (MSP) por concepto de prestaciones realizadas a través de sus establecimiento asistenciales.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Decreto N° 141/022 de fecha 04/05/2022: Dispone que la distribución de los trabajadores médicos de la Institución Casa de Galicia se realizará de acuerdo a los criterios de proporcionalidad resultantes del acuerdo arribado en el Consejo de Salarios Grupo No. 15 “Servicios de Salud y Anexos” “Salud General” del 08/04/2022.
Decreto N° 142/022 de fecha 24/06/2022: La distribución de los trabajadores no médicos de la Institución Casa de Galicia se realizará de acuerdo a los criterios de proporcionalidad resultantes del acuerdo arribado en el Consejo de Salarios Grupo Nº 15 “Servicios de Salud y Anexos” “Salud General” de fecha 01/04/2022. La incorporación de los trabajadores no médicos en los nuevos prestadores quedará efectiva en un plazo máximo de sesenta días hábiles a partir de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial.
Ministerio de Transporte y Obras Publicas
Decreto N° 144/022 de fecha 24/05/2022: Exceptúa de la limitación dispuesta por el artículo 105 del Decreto Ley No. 7 de fecha 23/12/1983, a las retribuciones de aquellos funcionarios que efectivamente realizan la función de Ayudante de Obra de la Dirección Nacional de Vialidad, Dirección Nacional de Arquitectura y Dirección General de Secretaría del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, los cuales deben prestar tareas en la propia obra a la que fueron asignados o en sus correspondientes laboratorios.
Decreto N° 176/022 de fecha 24/05/2022: Exceptúa de la limitación dispuesta por el artículo 105 de la Ley Especial de fecha 23/12/1983 (en cuanto que los funcionarios públicos de los Incisos 1 al 26, no podrán superar el noventa por ciento de la retribución del Subjerarca de la respectiva Unidad Ejecutora), sobre las retribuciones que perciben hasta 20 integrantes de los siguientes Órganos de Control del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP). Los destinatarios deberán desarrollar tareas de asesoramiento, control, supervisión y todas aquellas inherentes al órgano de control. Las remuneraciones que perciban por todo concepto dichos funcionarios no podrán superar el total nominal de $156.061 (pesos uruguayos ciento cincuenta y seis mil sesenta y uno).
Decreto N° 181/022 de fecha 31/05/2022: Aprueba el “Reglamento para la colocación de publicidad visible desde Caminos Nacionales”. El mismo consagra el marco jurídico de los avisos publicitarios, señalando qué se entiende por uno, cuáles deben ser las dimensiones de los mismos, dónde pueden ser colocados, y el régimen sancionatorio de la utilización indebida de los mismos, entre otras.
Ministerio del Interior
Decreto N° 162/022 de fecha 24/05/2022: Sustituye el inciso tercero del artículo 65 del Decreto No. 01/016 de fecha 4/01/2016, disponiendo que en instancias de un procesamiento a un funcionario policial, y habiendo recaído un procesamiento por la justicia, el Ministerio del Interior podrá determinar la continuidad del cargo, pase provisional a otras tareas compatibles o disponer la suspensión temporal en el empleo. En este último caso, aparejará asimismo la retención de al menos la mitad de los haberes.
Decreto N° 163/022 de fecha 24/05/2022: Sustituye el art. 5 del Decreto No. 382/999 de fecha 7/12/1999, relativo a las normas que regulan el sistema de expedición de los denominados “Certificados de Habilitación Policial”, disponiendo la nueva redacción que estos se expedirán a solicitud de los interesados, con indicación del destino, acreditando identidades mediante cualquier medio idóneo, entregándose directamente a la autoridad facultada para exigir.
Decreto N° 164/022 de fecha 24/05/2022: Actualiza las medidas de seguridad relativas a la dispensación de dinero por cajeros automáticos. En ese sentido, dispone que se deberán instalar sistemas de seguridad de entintado o sistemas inteligentes de neutralización de billetes, entre otras medidas.
     PROYECTOS DE LEY
Proyecto de fecha 03/05/2022: Habilita la faena de animales de producción a aquellos productores que se encuentren inscriptos en el Registro de Productor Familiar de la Unidad Ejecutora 007 Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP).
Proyecto de fecha 03/05/2022: Modifica la Ley No. 18.566 de fecha 11/09/2009 sobre negociación colectiva. Así, agrega un inciso final al artículo 4, disponiendo que se exigirá para ser parte de la negociación que las organizaciones de empleadores y trabajadores deberán contar con personería jurídica. A su vez, deroga la competencia del Consejo Superior Tripartito relativa a la consideración y pronunciamiento sobre cuestiones relacionadas con los niveles de negociación tripartita y bipartita; modifica el art. 14 disponiendo una nueva redacción en lo relativo a quienes son considerados sujetos legitimados para negociar y celebrar convenios colectivos con las diferentes organizaciones, en oportunidad de las negociaciones colectivas bipartitas; y deroga lo dispuesto en el art. 17 inciso segundo, en cuanto a la vigencia de los convenios vencidos hasta la existencia de uno nuevo.
Proyecto de fecha 03/05/2022: Declarado el concurso de un institución prestadora integral de salud, el Juez deberá solicitar al Ministerio de Salud Pública (MSP), la designación de dos o más profesionales como auxiliares a efectos de asesorar al Síndico o Interventor designado y garantizar la atención sanitaria en la institución.
Proyecto de fecha 03/05/2022: Declara de interés las actividades orientadas a la prevención, detección temprana, atención, seguimiento, educación, visualización y disuasión de las conductas con factores de riesgo suicida, los intentos de autoeliminación, la postvención, el cuidado y protección de sobrevivientes así como del entorno familiar. Se pretende como objetivo la disminución de la incidencia y la prevalencia del suicidio en consideración a que el estado de la persona con factores de riesgo suicida, es un estado modificable.
Proyecto de fecha 03/05/2022: Crea una persona jurídica de derecho público no estatal bajo la denominación “Central Hortícola del Norte”. Dentro de sus cometidos se encuentran: crear y mantener condiciones para facilitar y desarrollar el comercio, la distribución de alimentos y actividades vinculadas principalmente a nivel mayorista; contemplar los objetivos sociales bajo los principios de servicio público; promover el desarrollo de actividades a la producción de alimentos que generen sinergias positivas; promover actividades de capacitación en los rubros de comercialización de productos agroalimentarios, entre otros. Y dentro de sus atribuciones se encuentran, entre otras, administrar la infraestructura y predios que determine el Gobierno Departamental de Salto; dictar su reglamento de funcionamiento; establecer las condiciones que deben satisfacer las mercaderías que se comercializan a través de la Central Hortícola del Norte; definir las áreas de actividad y la estructura de organización interna; determinar y aplicar las sanciones pertinentes por infracciones a las normas regulatorias establecidas en los reglamentos de funcionamiento.
Proyecto de fecha 03/05/2022: Consagra el derecho a que toda trabajadora tenga el derecho a ausentarse en su lugar de trabajo, hasta tres horas al mes, con la finalidad de concurrir a los controles de embarazo y rutinas correspondientes. Las horas que demanden estas ausencias, no podrán ser descontadas del salario. Asimismo, este derecho se extiende a los cónyuges, concubino/a o pareja a los controles de embarazo y rutina correspondientes. La realización de exámenes y controles deberá ser probada fehacientemente ante el empleador en un término no mayor a tres días desde la realización.
Proyecto de fecha 03/05/2022: Incorpora al Código Penal, Libro III - Título I - DE LAS FALTAS, un capítulo denominado “De las Faltas Violencia Digital”, disponiéndose que: quien por cualquier medio digital ridiculice, amenace, chantajee, discrimine, difame o injurie un tercero, será castigado con pena de uno a tres meses de prestación de trabajo comunitario.
Proyecto de fecha 03/05/2022: Aprueba el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional de Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales.
Proyecto de fecha 03/05/2022: Dispone una serie de beneficios para aquellos que se encuentren en calidad de monotributistas. En ese sentido, el Poder Ejecutivo solicita, entre otros beneficios, una cobertura de subsidio por enfermedad para los beneficiarios del monotributo social MIDES; subsidio al pago de facturas de servicios por un 50%; exoneración del pago del monotributo a los inactivos; mejoras en la refinanciación de deudas; mejoras para acceder al Fondo Nacional de Salud para los beneficiarios y sus familias; acceder a los mismos beneficios que brinda el Banco de Previsión Social (BPS) para todos los trabajadores.
Proyecto de fecha 04/05/2022: Modifica el Decreto No. 387/993 en lo relativo al uso del transporte colectivo de pasajeros sin cargo, para el personal policial dependiente del Ministerio del Interior y Jefaturas de policía departamentales. Serán beneficiarios aquellos que vistan el correspondiente uniforme, o presenten el carné policial vigente. El transporte gratuito queda limitado a cuatro policías por vehículo en las líneas suburbanas y de corta distancia, y a dos por vehículo de media y larga distancia.
Proyecto de fecha 04/05/2022: Reduce el tributo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las tarifas residenciales de UTE y OSE, que tributen el 22%, para que los mencionados porcentajes de gravamen pasen a ser igual al 10% por tratarse de dos productos de primera necesidad.
Proyecto de fecha 04/05/2022: Declara a la Ciudad de Dolores, departamento de Soriano, como “Capital Nacional del trigo”.
Proyecto de fecha 06/05/2022: Aprueba el Tercer Protocolo Adicional al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, firmado en la ciudad de Montevideo, el 20 de noviembre de 2020.
Proyecto de fecha 09/05/2022: Aprueba el “Acuerdo sobre Localidades fronterizas vinculadas” suscrito en la ciudad de Bento Gonçalves, República Federativa del Brasil, el 5 de diciembre de 2019.
Proyecto de fecha 10/05/2022: Sustituye el artículo 56 de la Ley No. 19.307 de fecha 29/12/2014, en lo relativo a las incompatibilidades para la prestación de servicios de comunicación audiovisual. En ese sentido, la nueva redacción dispone que los titulares de licencias de servicios de difusión de contenido audiovisual de televisión para abonados tendrán derecho a prestar simultáneamente servicios de banda ancha y acceso a internet mediante el empleo de sus redes propias. Asimismo, ninguna persona física o jurídica podrá ser titular, total o parcial, simultáneamente de una licencia para prestar servicios de televisión para abonados satelitales de alcance nacional y de autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión abierta.
Proyecto de fecha 11/05/2022: Designa con el nombre de “Puente del Bicentenario” al nuevo puente construido sobre el Arroyo de Las Vacas y próximo a la ciudad de Carmelo, que se ubica en el bypass vial de la Ruta Nacional No. 21 de la referida ciudad.
Proyecto de fecha 11/05/2022: Amplía el alcance del Acuerdo entre Uruguay y Brasil para la creación de escuelas y/o institutos binacionales fronterizos profesionales y/o técnicos y para la habilitación de cursos técnicos binacionales fronterizos, ratificado por la Ley No. 18.158 de fecha 10/07/2007, incluyendo la habilitación para Carreras de Grado y Postgrados Binacionales, impartidas por Instituciones Terciarias y Universitarias Públicas.
Proyecto de fecha 13/05/2022: Aprueba el “Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Checa sobre Cooperación Bilateral en materia de Defensa”, suscrito en la ciudad de Montevideo, el 13 de enero de 2022.
Proyecto de fecha 17/05/2022: Fija una serie de medidas preventivas para la contratación de personal en instituciones que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia. En ese sentido, se sustituye el artículo 1º de la Ley No. 19.971 disponiendo que previo a la contratación, las instituciones deberán solicitarle a la Dirección Nacional de Policia Científica que expidan un certificado informando si la persona a contratar posee antecedentes judiciales relativos a los siguientes delitos: violación; abuso sexual; atentado violento al pudor; corrupción; esclavitud sexual; prostitución forzada; privación de libertad; omisión de asistencia; entre otros.
Proyecto de fecha 17/05/2022: Solicita la integración de la Comisión Honoraria de Trabajos Insalubres creada por la Ley No. 11.577 de fecha 14/10/1950, con la finalidad de abordar con carácter urgente el análisis y estudio de la insalubridad en el trabajo de la profesión de enfermería.
Proyecto de fecha 17/05/2022: Modifica la extensión de la reducción dispuesta del monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) por unidad física de combustibles líquidos, cuando las enajenaciones de tales bienes cumplan simultáneamente las siguientes condiciones: a) sean realizadas en estaciones de servicios en un radio máximo de 100 kilómetros de los pasos de fronteras terrestre con la República Argentina, a saber, Fray Bentos - Puerto Unzué, Paysandú - Colón, Salto - Concordia, y b) los adquirentes sean consumidores finales y el pago se materialice mediante tarjeta de crédito, débito u otros instrumentos similares.
Proyecto de fecha 18/05/2022: Dispone que en los llamados y concursos de la Administración Pública no podrá ser un requisito de carácter excluyente la experiencia laboral previa en el desempeño de la tarea para la cual se realiza el llamado, ni una limitante para el registro de la inscripción.
Proyecto de fecha 24/05/2022: Faculta al Poder Ejecutivo a exonerar partir del 1º de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022 de los aporte patronales jubilatorios de seguridad social, a las agencias de viaje y a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones.
Proyecto de fecha 26/05/2022: Crea la Fase Dos del Programa “Oportunidad Laboral” con el objeto y en las condiciones previstas en la Ley No. 19.952 de fecha 20/05/2021. Los beneficiarios del Programa durante los meses de julio a octubre de 2022, percibirán la prestación transitoria de un monto máximo mensual nominal equivalente a $12.500 (pesos uruguayos doce mil quinientos). Estos beneficiarios serán personas entre los 18 y 65 años de edad que no reciban ninguna prestación de naturaleza salarial, ni pública o privada, ni subsidio de desempleo, por enfermedad, jubilación, pensión u otra retribución de carácter personal.
Proyecto de fecha 31/05/2022: Reduce el cargo de la contribución adicional al Fondo de Solidaridad a partir del año 2023 y hasta el año 2025, en un veinticinco por ciento anual acumulativo, sobre el cargo vigente en el año 2022 y hasta llegar a un cargo de 0 en el ejercicio 2026 y siguiente. La pérdida de recaudación producida será compensada anualmente al Inciso 26 - Universidad de la República por rentas generales, con el mismo destino fijado por la ley.
Proyecto de fecha 31/05/2022: Sustituye el literal B) del artículo 101 del Estatuto de la Cámara de Senadores, en lo relativo a los elementos a considerar en oportunidad de concursos internos. En ese sentido, la sustitución dispone que será tenido en cuenta la antigüedad en la Cámara de Senadores y antigüedad en el grado.
     RESOLUCIONES DICTADAS POR LA D.G.I.
Resolución N° 655/022: Se prorroga el plazo para la presentación de la declaración jurada de IRPF prevista en el segundo inciso del art. 39 del Dec. 148/007.
Resolución N° 680/022: Se fija a partir del 1º de junio de 2022 los nuevos valores a efectos de la percepción del Impuesto al Valor Agregado por la venta al público de carnes, menudencias y del producido de la faena por ellos realizada de animales de su propiedad.
Resolución N° 681/022: Se establece precios fictos por kilo, por el mes de junio de 2022, a efectos de la liquidación de los impuestos respectivos en los casos de faena a façón, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador.
Resolución N° 682/022: Se fijan a partir del 1º de junio de 2022, valores fictos al régimen de percepción del IVA para venta al público de carnes y menudencias.
Resolución N° 683/022: Se fijan los valores fictos vigentes a partir del 1º de junio de 2022, aplicables al régimen de percepción del IVA, correspondiente a la comercialización de aves de las especies que se indican.
     CONSULTAS EFECTUADAS A LA D.G.I.
Consulta N° 6414: (I.R.P.F.) Se consulta por parte de una inmobiliaria cuál es el régimen de exoneración que corresponde a las rentas por arrendamientos de viviendas de interés social devengadas en el año civil 2020.
Consulta N° 6421: (I.R.P.F.- I.R.A.E.- I.P.) Un Fidecomiso de Administración asignará el derecho al uso y goce privado de padrones rurales a fideicomitente (persona física), quien podrá ceder parcialmente a título oneroso a terceros su posición contractual de fideicomitente y beneficiario. El Fideicomiso estará habilitado para realizar explotación agropecuaria directa o por terceros en régimen de medianería, pastoreo o arrendamiento rural. Los fideicomitentes realizarán pagos trimestrales al Fideicomiso para cubrir los consumos, tributos y demás gastos generados en el cuidado de los inmuebles y funcionamiento de sus instalaciones. Respecto a la situación planteada se realizan diferentes consultas sobre el tratamiento tributario aplicable al Fideicomiso y a sus fideicomitentes y beneficiarios.
Consulta N° 6432: (I.R.P.F.) Persona física residente en Brasil que configuraría residencia fiscal en Uruguay. Se consulta por tratamiento tributario de rentas por jubilación pagada por el Estado brasilero, por el alquiler de inmuebles de su propiedad situados en Brasil y en caso de ser contratado por empresa uruguaya en relación de dependencia.
Consulta N° 6438: (I.R.A.E.) Contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas que arrienda inmuebles rurales con el objeto de construir, operar y mantener centrales de generación de energía eléctrica de fuente primaria eólica sobre los mismos. Tratamiento tributario, arrendamiento de inmuebles o constitución de derecho real de superficie?
Consulta N° 6444: (I.V.A.) Se consulta por tratamiento de impuesto en referencia por servicios profesionales prestados a usuario de Zona Franca.
Consulta N° 6445: (I.R.A.E.) Empresa rural, venta de inmuebles, compromiso de compraventa sin hacer entrega de los padrones y la propiedad de los mismos permanecería en la empresa, "...haciendo uso y obteniendo beneficios de los mismos". Consulta por momento en que se genera la renta y pago del IRAE.
Consulta N° 6449: (I.V.A.) Establecimientos de faena de aves de la especie gallus gallus. Formas de liquidación de la percepción del IVA en enajenación de aves, menudencias y pollos con menudos.
Consulta N° 6462: (I.R.P.F. - I.R.N.R.) Un Fideicomiso Financiero consulta respecto al tratamiento aplicable en materia del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) y del Impuesto a las Rentas de los No Residentes (I.R.N.R.), a los pagos realizados a los titulares de los certificados de participación.
Consulta N° 6464: (I.V.A.) Una SRL que se dedica a la compra venta de combustible alternativo derivado del petróleo consulta tratamiento tributario del IVA de dicha operación.
Consulta N° 6465: Una empresa productora de arroz realiza una consulta vinculante sobre la naturaleza jurídica de la partida creada por la Ley Nº 17.663 de 11 de julio de 2003 y sus modificativas -Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera- (FFRAA) y en especial de la diferencia en más que es retenida y no es entregada luego a los productores.
Consulta N° 6471: (I.P-Sobretasa I.P) Una S.A. contribuyente del Impuesto al Patrimonio (I.P) y comprendida en el artículo 52 del Título 14 T.O. 1996, consulta cómo debe valuar los inmuebles rurales de su propiedad.
Consulta N° 6472: (I.P. - Sobretasa I.P.) Una S.A. contribuyente del Impuesto al Patrimonio (I.P) y comprendida en el artículo 52 del Título 14 T.O. 1996, consulta cómo debe valuar los inmuebles rurales de su propiedad.
Consulta N° 6473: (I.P. - Sobretasa I.P.) Una S.A. contribuyente del Impuesto al Patrimonio (I.P) y comprendida en el artículo 52 del Título 14 T.O. 1996, consulta cómo debe valuar los inmuebles rurales de su propiedad.
Consulta N° 6474: (I.R.N.R.- I.V.A.) Una persona física uruguaya (arquitecta), residente de España, presta servicios profesionales desde ese país a profesional residente en Uruguay. Se consulta por tratamiento tributario por renta obtenida por no residente.
Consulta N° 6482: (MONOTRIBUTO-MONOTRIBUTO SOCIAL MIDES) Convenio entre organismo estatal y entidades (Asociaciones Civiles, Cooperativas de Trabajo, Fundaciones y Sindicatos), dichas entidades contratan con contribuyentes comprendidos en el régimen de Monotributo y Monotributo Social Mides. Consulta si contribuyentes bajo ese régimen son consideradas "consumidores finales" o "empresas" y si es posible que los monotributistas puedan venderles bienes y servicios.
Consulta N° 6488: (I.R.A.E.) Un frigorífico que durante un período de tiempo mantuvo a parte de su personal en el régimen de subsidio por desempleo, previsto en el Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981, consulta si a efectos del ajuste de renta por promoción del empleo (literal J) del artículo 23° del Título 4 del T.O. 1996) corresponde o no considerar a los trabajadores bajo ese régimen como ocupados.
     COMISIÓN DE APLICACIÓN DE LA LEY DE INVERSIONES - C.O.M.A.P.
De acuerdo con la página web de la COMAP, (http://comap.mef.gub.uy/) no hay novedades en el mes de MAYO de 2022
     SENTENCIAS TRIBUTARIAS DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - T.C.A.
Sentencia N° 201/22 de fecha 21/05/2022: Se demanda la nulidad de la resolución denegatoria ficta de la petición calificada de la actora, a fin de que se autorice el registro de la rectificación de la información incorporada en la Historia Laboral del funcionario, Sr. GG, por el período 1/1/1992 a 1/8/ 2000, sin requerir para ello la renuncia a la caducidad y prescripción ya operadas de los aportes correspondientes a dicho período. El Tribunal ANULA el acto impugnado. En el caso se acreditó que, revistando el funcionario GG a partir del 1/1/1992 en distintos cargos del Escalafón Técnico Profesional de Casinos Municipales de Montevideo, y correspondiéndole un cómputo jubilatorio bonificado de 5 años por cada 4 de servicios (art. 1º del Dec 270/993), el cómputo jubilatorio bonificado recién se comenzó a registrar en su historia laboral a partir del 1/8/2000. Resulta ilegítimo que el Ente previsional no reconozca que los eventuales aportes adeudados por la accionante por los servicios bonificados prestados por su funcionario se extinguieron por el modo prescripción; y conforme a ello, no proceda a rectificar la información incorporada en la Historia Laboral del funcionario en cuestión tal como se peticiona. Remite a Sent. No. 643/2010, 239/2011, 229/2012, 692/2015, 226/2016, 339/2016, 491/2016, 700/2016, 424/2017, 428/2017, 518/2017, 129/2018, 450/2021, entre otras). Habiéndose acreditado la actividad bonificada del funcionario en el período en cuestión, la deuda generada por la diferencia entre aportes patronales comunes y los bonificados no vertidos debe considerarse extinguida por el modo prescripción ampliada de 10 años. Y consecuentemente, también se impone proceder a regularizar, mediante la correspondiente rectificación, el registro de la Historia Laboral del funcionario involucrado.
     CIRCULARES DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY - B.C.U.
Circular N° 2403 de fecha 19/05/2022: Dispone que las remuneraciones de los encajes en moneda extranjera, a constituir a partir del 1º de junio de 2022, se fije de acuerdo a la siguiente regla RE (Remuneración de encajes en moneda extranjera) =TPM (Tasa de Políticas Monetaria de la autoridad monetaria emisora de la divisa) - 0,60%. Así, se elimina el criterio anteriormente vigente que se encontraba ligado a las Tasas de Política Monetaria. Establece que la remuneración de los saldos excedentes de los requisitos de encaje en moneda extranjera de las cuentas corrientes a la vista a que refiere los artículos 1 y 2 del Libro I de la Recopilación de Normas de Sistemas de Pagos, se fije a partir del 1º de junio de 2022 de la siguiente manera: RCC (Remuneración de las Cuentas Corrientes en moneda extranjera) = TPM - 0,60%.
     AUDITORÍA INTERNA DE LA NACIÓN - AIN
No se publicaron novedades de A.I.N.
     CIRCULARES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - S.C.J.
Circular N° 034/022 de fecha 18/05/2022: Actualiza el valor de la Tasa Judicial a regir para el cuatrimestre mayo-agosto del año en curso ascendiendo a $608 (pesos uruguayos seiscientos ocho).
Circular N° 035/022 de fecha 18/05/2022: Declara asueto el día 5 de julio de cada año en virtud de tratarse del “Día del Trabajador Judicial”. Tendrá los mismos efectos administrativos y jurisdiccionales que un día feriado laborable, sin perjuicio que la actividad en sedes jurisdiccionales de turno o encargadas para administrar justicia así como los servicios de apoyo a la labor jurisdiccional que habitualmente se requieran para los días feriados.
Circular N° 038/2022 de fecha 19/05/2022: Dispone que los Magistrados con competencia en ejecución de medidas socioeducativas privativas de libertad y semi libertad de adolescentes deberán concurrir en forma presencial por lo menos, una vez cada tres meses a los centros de internación donde se encuentren estas personas. Dichas visitas también comprenderán a los adolescentes que se encuentren detenidos en oportunidad de la privación cautelar de libertad. Asimismo, los Magistrados deberán: 1. entrevistar a adolescentes privados de libertad por medidas cautelares dispuestas por otras sedes (debido a la falta de centros de privación de libertad no se encuentran ubicados en todos los departamentos del país). 2. confeccionar informes relativos al cumplimiento de lo dispuesto por el art. 100.3 del Código de la Niñez y Adolescencia (sobre visitas a los centros de internación) 3. Dar seguimiento del resultado de los informes realizados, entre otras.
Circular N° 039/2022 de fecha 19/05/2022: Sustituye el art. 3 de la Acordada No. 7.086 de fecha 24/12/1990, disponiendo de esta forma que los Juzgados de Paz Departamental del Interior conocerán de acuerdo al siguiente criterio: los del 1º turno del 1º al 15 de cada mes y los de 2º turno, del 16 al fin de cada mes.
     OTROS DOCUMENTOS, NORMAS Y SENTENCIAS DE INTERÉS
Resolución del Directorio del Banco de Previsión Social: Aprueba el Protocolo para la Emisión y Comunicación de Certificaciones Médicas Laborales. Constituye el único medio hábil para tener por cumplida la obligación de emitir y comunicar al Banco de Previsión Social (BPS) la certificación médica que acredite la situación de enfermedad del trabajador cuando ésta implique impedimento para el desempeño laboral de un usuario del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), con fuente en el contrato de gestión entre lo prestadores de salud y Junta Nacional de Salud (JUNASA).
     TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
Precios al consumidor, OCDE - Actualizado: 4 de mayo de 2022: Los precios al consumidor en el área de la OCDE aumentaron un 8,8% interanual en marzo de 2022 , en comparación con el 7,8% en febrero de 2022 y solo el 2,4% en marzo de 2021; fue el mayor aumento registrado desde octubre de 1988. Alrededor de una quinta parte de los países de la OCDE registraron una inflación de dos dígitos, con la tasa más alta en Turquía con un 61,1%.
Crecimiento del PIB - Primer trimestre de 2022, OCDE: En el primer trimestre de 2022, el producto interior bruto (PIB) de la OCDE aumentó solo un 0,1 % intertrimestral según estimaciones provisionales, una fuerte desaceleración en comparación con el aumento del 1,2 % en el cuarto trimestre de 2021.
Los impuestos laborales se recuperan a medida que la economía mundial se recupera de la pandemia de COVID-19: Las tasas impositivas efectivas sobre el trabajo se recuperaron en 2021 a medida que la economía global se recuperó y muchos países comenzaron a retirar o reducir las medidas implementadas en respuesta a la pandemia de COVID-19, según un nuevo informe de la OCDE.
Selección de normas y sentencias de interés obtenidas de los sitios web de Presidencia, DGI, COMAP, BCU, Poder Judicial, Parlamento
y especializados en el mes MAYO de 2022.

RUEDA ABADI PEREIRA
Consultores

SMS Urguay

Av. Libertador 1680 Piso 2
CP 11100 | Montevideo | Uruguay
Tel/Fax (598) 2901 3020*
www.rap.com.uy | rap@rap.com.uy

.