NOTICIAS
OCTUBRE 2022     
La calificadora Leaders League ha destacado a nuestra firma y la actuación de nuestros profesionales, a nuestro socio Dr. Daniel Rueda en las áreas Fusiones & Adquisiciones e Impuestos Corporativos y en Derecho Laboral a la Dra. Alejandra Pirez.
Al igual que años anteriores, nuestra firma ha sido reconocida en la nueva edición de la guía de The Legal 500 en Dispute Resolution. Agradecemos a clientes, colegas y especialmente a todo nuestro equipo!
Nuestros socios, el Cr. Felix Abadi y el Dr. Rafael García, fueron expositores en el curso "Análisis de Regulación Nacional sobre Operaciones y Negocios con Activos Virtuales." organizado por CADE, el pasado 26 de octubre. [Más información]
NORMAS
     LEYES
Ley 20074 de fecha 13/10/2022: Faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) a establecer por razones de interés general desde el 1º de octubre de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023 (como máximo) un régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores de la industria citrícola afectados a la cosecha o al packing. Alcanzarán a los trabajadores que aún continúen en el goce de subsidio por desempleo o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículo 6 y 10 del Decreto Ley No. 15.180).
Ley 20075 de fecha 20/10/2022: Aprueba la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2021.
Ley 20076 de fecha 21/10/2022: Faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) a extender, por razones de interés general, el uso del subsidio por desempleo total o parcial para trabajadores de las empresas de los sectores de actividad de hoteles, restaurantes y bares, transporte y comercio en general.
Ley 20077 de fecha 21/10/2022: Establece beneficios tributarios y regímenes de facilidad desde el mes de julio de 2022 hasta diciembre de 2022 inclusive, para contribuyentes y población en general con domicilio fiscal en la ciudad de Paysandú.
Ley 20078 de fecha 21/10/2022: Establece la forma de realizar los pagos por concepto de flete en el transporte de carga internacional terrestre con la República Oriental del Uruguay. Los mismos deberán ser abonados al país de la matrícula del vehículo de carga mediante transferencia obligatoria a través de entidades financieras o bancarias.
Ley 20079 de fecha 25/10/2022: Modifica el inciso segundo del artículo 1º de la ley No. 19.695 de fecha 29/10/2018, en lo que respecta a la configuración de la causal de retiro al 28 de febrero de 2019, para los casos de incapacidades del personal militar. El Poder Ejecutivo (PE) por resolución fundada dictada en cada caso concreto,determinará la configuración de causal de retiro, al 28 de febrero de 2019, en el marco de lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 1º de la Ley No. 19.695, respecto de los funcionarios que no cumplan con el tiempo mínimo de servicios establecido en el mismo artículo.
Ley 20080 de fecha 27/10/2022: Aprueba el acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República del Paraguay sobre la realización de actividades remuneradas por familiares del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y Consulares.
     DECRETOS
Consejo de Ministros
Decreto N° 338/022 de fecha 18/10/2022: Exceptúa de la prohibición establecida en el Artículo 1º del Decreto No. 447/007 de fecha 19/11/2007, en los ejercicios 2022, 2023 y 2024, al Inciso 15, “Ministerio de Desarrollo Social” (MIDES), en lo relativo a la renovación del parque automotriz.
Decreto N° 339/022 de fecha 18/10/2022: Exceptúa de la prohibición establecida en el Artículo 1º del Decreto No. 447/007 de fecha 19/11/2007, en el ejercicio del 2022, al Inciso 13 “Ministerio de Trabajo y Seguridad Social” (MTSS), a los efectos de la renovación parcial de su flota automotriz.
Decreto N° 340/022 de fecha 18/10/2022: Reglamenta el procedimiento para la homologación de las tarifas de los servicios de transporte aéreo público internacional.
Decreto N° 352/022 de fecha 27/10/2022: Declara de Interés Nacional la realización del Censo General Agropecuario del año 2022. Autoriza a la Asesoría de Estadísticas Agropecuarias del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) a levantar, durante el año 2022, el Censo General Agropecuario de la República, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley No. 4.294 de fecha 07/01/1913. Asimismo, crea el Comité Nacional del Censo General Agropecuario 2022 con el cometido de asesorar, coordinar y colaborar en el levantamiento del Censo.
Ministerio de Economía y Finanzas
Decreto N° 323/2022 de fecha 05/10/2022: Aprueba la ejecución del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), correspondiente al ejercicio 2020.
Decreto N° 324/022 de fecha 05/10/2022: Incorpora al Anexo II del Decreto No. 48/022 de fecha 31/01/2022, la posición arancelaria que se identifica con el Nº 8402.11.00.00.
Decreto N° 325/022 de fecha 05/10/2022: Modifica el inciso segundo del artículo 1º del Decreto No. 96/015 de fecha 20/03/2015, en lo relativo a las disposiciones general sobre las personas vinculadas a la actividad aduanera y sobre despachantes de aduana. En efecto, se dispone, que aquellas deberán presentar un listado con las personas que autorizan a actuar en su nombre y representación ante la Dirección Nacional de Aduanas (DNA).
Decreto N° 331/022 de fecha 13/10/2022: Fija el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de agosto de 2022, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley No. 14.219, en $ 1.487,30 (pesos uruguayos mil cuatrocientos ochenta y siete con 30/100). También fija el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de agosto de 2022 en 258,38 (doscientos cincuenta y ocho con 38/100) sobre base diciembre 2010=100. Por último, dispone que el coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de septiembre de 2022 es de 1,0840 (uno con ochocientos cuarenta diezmilésimos).
Decreto N° 332/022 de fecha 13/10/2022: Sustituye el numeral 4 del artículo 62 bis del Decreto No. 150/007 de fecha 26/04/2007, que dispone que no serán deducibles a los efectos del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), los gastos correspondientes a fletes terrestres contratados con contribuyentes o no de IRAE, pactados en dinero, cuando el importe por cada prestador supere las U.I. 10.000 mensuales, excluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y cuyo pago no se realice por medios electrónicos, transferencias bancarias o mediante cheques comunes o de pago diferido cruzado no a la orden.
Decreto N° 334/022 de fecha 18/10/2022: Declara promovida al amparo de la Ley No. 16.906 de fecha 04/01/1996, la actividad desarrollada por el fideicomiso de administración ” Fideicomiso de Administración, Garantía y Pago CVU-CREMAF”, exonerando del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) las rentas de las inversiones permitidas por el contrato de fideicomiso.
Decreto N° 333/022 de fecha 19/10/2022: Dispone la emisión de títulos de deuda de la República Oriental del Uruguay (R.O.U) en el mercado internacional, regidos por ley extranjera e indexados a indicadores de cambio climático, por un monto total de hasta el equivalente a U$S 1.500:000:000 (mil quinientos millones de Dólares de los Estados Unidos de América).
Decreto N° 341/022 de fecha 20/10/2022: Declara promovida al amparo del inciso segundo del artículo 11 de la Ley No. 146.906 de fecha 07/01/1996, la actividad de producción de ágatas y amatistas trabajadas y de artículos elaborados a partir de ágatas y amatistas. Otorga a las empresas que hayan sido promovidas al amparo de la presente reglamentación, una exoneración del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) que oscila entre 80 y 50% del impuesto a la renta en los ejercicios de los años 2022 hasta el 2029.
Decreto N° 354/022 de fecha 27/10/2022: Incorpora al Anexo I del Decreto No. 48/022 de fecha 31/01/2022 la posición arancelaria No. 2522.10.00.00. De esta forma el señalado ítem arancelario dispondrá de la tasa de devolución de tributos a las exportaciones.
Decreto N° 355/022 de fecha 27/10/2022: Incorpora al Anexo I del Decreto No. 48/022 de fecha 31/012022, la posición arancelaria No. 7019.90.00.90. De esta forma el señalado ítem arancelario dispondrá de la tasa de devolución de tributos a las exportaciones.
Decreto N° 356/022 de fecha 27/10/2022: Incorpora al ordenamiento jurídico nacional de la Directiva No. 94/22 de la Comisión del Mercosur, en lo relativo a la aprobación de la rebaja arancelaria solicitada por la República Oriental del Uruguay (ROU) para la importación de 30.000 unidades del producto aparatos para la medida de la presión arterial, con vigencia de 365 días, con una alícuota arancelaria de 0% al amparo de la Resolución No. 49/19 del Grupo Mercado Común.
Ministerio de Industria, Minería y Energía
Decreto N° 330/022 de fecha 05/10/2022: Deroga el Decreto No. 379/006 de 17/10/2006 que establece los distintos tipos de garantías a constituir por los solicitantes de títulos mineros. Consecuentemente dispone la constitución mediante Depósitos de Valores Públicos, Seguros de Responsabilidad Civil en beneficio del Estado - Dirección Nacional de Minería y Geología o depósito en el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), las cauciones, avales o garantías exigidas en virtud de lo dispuesto por los artículos 86, 93 y 100 del Código de Minería.
Decreto N° 343/022 de fecha 21/10/2022: Exhorta a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) a aprobar una regulación que rige desde el 1º de marzo de 2023 condiciones y principios generales que deben atenderse en las vinculaciones, al menos, entre suministrador y envasadores, y estos con los distribuidores del mercado del gas licuado de petróleo (GLP).
Decreto N° 345/022 de fecha 25/10/2022: Dispone que los titulares de servicios de televisión para abonados con licencia para operar en Uruguay podrán denunciar, mediante declaración jurada ante la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), la difusión de señales de televisión a través de internet o red similar, con fines comerciales, que carezcan de legitimación para ofrecer al publico dichas señales, en violación a lo dispuesto por las Leyes No. 9.739 de fecha 17/12/1937 y No. 17.616 de fecha 10/01/2003
Decreto N° 346/022 de fecha 25/10/2022: Modifica el artículo 1º del Decreto No. 116/011 de fecha 23/03/2011, en lo relativo a la instancia de control que desarrolla la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) sobre los equipos, artefactos y vehículos que se encuentren incluidos en las reglamentaciones del sistema nacional de etiquetado de eficiencia energética.
Decreto N° 374/022 de fecha 25/10/2022: Aprueba nuevos valores de las remuneraciones así como de los cargos reconocidos anualmente para las instalaciones de los Sistemas de Transmisión, de Subtransmisión y de Distribución de 22kV, 15kV y 6,4 kV de energía eléctrica.
Decreto N° 358/022 de fecha 31/10/2022: Aprueba nuevos Precios en Planta (PEP) para los combustibles generales, disolventes y productos especiales suministrados por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP), que entrarán en vigencia a partir de las cero horas del 1º de noviembre de 2022.
Ministerio de Salud Publica
Decreto N° 344/022 de fecha 25/10/2022: Dispone que las compañías elaboradoras importadoras de productos de tabaco deberán presentar ante el Ministerio de Salud Pública (MSP) una declaración jurada, dirigida al Programa Nacional para el Control de Tabaco (PNCT), en la cual se indicará la cantidad de unidades vendidas por mes de marca y tamaño de producto de tabaco elaborada o importada.
Decreto N° 351/022 de fecha 27/10/2022: Modifica el artículo 10 del Decreto No. 97/022 de fecha 24/03/2022 disponiendo que con carácter excepcional y por una única vez, a los funcionarios de la División Fiscalización de la Dirección General de la Salud que perciben función inspectiva al momento de su traslado a la Dirección General de Fiscalización y que optasen por el régimen de exclusividad, se les abonará una partida cuyo monto asciende a la diferencia entre la retribución que se establece en el artículo 3 del Decreto No. 97/022 (según la función que corresponda), y la retribución mensual (sin adicionar beneficios sociales ni antigüedad) que percibió el funcionario en la División Fiscalización de la Dirección General de la Salud desde el 1 de enero de 2021 hasta el 30 de abril de 2022.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Decreto N° 337/022 de fecha 18/10/2022: Define el domicilio electrónico para recibir o enviar información por parte de la Caja Notarial de Seguridad Social, entendiéndose como tal al identificador asociado al medio electrónico seleccionado para recibir y enviar información electrónicamente por parte de la Caja Notarial de Seguridad Social y el que fuera constituido por el interesado y aquella.
Ministerio de Transporte y Obras Publicas
Decreto N° 329/022 de fecha 05/10/2022: Aprueba la Ejecución Presupuestal de la Administración Nacional de Puertos (ANP) correspondiente al Ejercicio 2020.
     PROYECTOS DE LEY
Proyecto de fecha 04/10/2022: Promueve, regula y apoya la producción de cerveza artesanal entendida como la fabricación de cerveza a través de un proceso que se desarrolla por productores independientes, cuya producción no supere los dos millones doscientos mil litros anuales. Declara de interés nacional, la promoción, difusión, estímulo y desarrollo de la producción de cerveza artesanal en todo el territorio nacional, para su consumo interno y exportación.
Proyecto de fecha 04/10/2022: Establece niveles mínimos de protección para los trabajadores que desarrollen tareas mediante plataformas digitales, asegurando condiciones de trabajo justas, decentes y seguras. Aplicará para todo trabajador que desarrolle tareas mediante plataformas digitales que facilitan servicios de entrega de bienes o transporte urbano y oneroso de pasajeros, independientemente de la calificación jurídica de la relación que entable con las empresas titulares de tales plataformas (relación de trabajo dependiente o autónomo).
Proyecto de fecha 04/10/2022: Faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) a extender por razones de interés general, el uso del subsidio por desempleo por suspensión total, y por reducción de tareas, jornales o ingresos en los términos previstos en las Resoluciones del MTSS Nº 143/020, 163/020, 233/020 y 1024/020. A los efectos de quedar comprendidos, los trabajadores deberán pertenecer a los grupos de actividad de hoteles, restaurantes y bares, transporte y comercio en general.
Proyecto de fecha 04/10/2022: Modifica el artículo 39 de la Ley No. 16.698 de fecha 25/04/1995, en lo relativo a las comparecencias en las Comisiones Investigadoras. Dispone que la comparecencia de los funcionarios públicos será de carácter obligatorio. La incomparecencia sin justificación será considerada una falta administrativa grave.
Proyecto de fecha 04/10/2022: Solicita a la Presidencia de la República y al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), que las empresas de transporte metropolitano “suburbano” accedan al subsidio del boleto universitario de igual manera que las empresas de transporte “urbano” del departamento de Montevideo.
Proyecto de fecha 05/10/2022: Desglosa los artículos 295, 296 y 297 del Proyecto de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 2021, en lo relativo a los artículos 20, 24 y 25 del Decreto-Ley No. 15.703 (Ley de Farmacias). Los mismos disponen potestades del Químico Farmacéutico, así como también de los poderes jurídicos y sanciones que el Ministerio de Salud Pública (MSP) está facultado a ejercer sobre los establecimientos farmacéuticos.
Proyecto de fecha 05/10/2022: Desglosa el artículo 152 del Proyecto de Ley de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al Ejercicio 2021. Dicho artículo faculta a la unidad ejecutora 009 “Dirección Nacional de Catastro) del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” (MEF), en oportunidad de la inscripción de planos de mensura de cualquier tipo a generar una red Catastral de Puntos Georreferenciados, en el mismo sistema de referencia de la cartografía oficial del Uruguay, que será conformada de manera paulatina a partir de la información geodésica proporcionada por el técnico actuante.
Proyecto de fecha 05/10/2022: Modifica el numeral 1º del artículo 831 del Código Civil (CC) sobre la disposición por testamento, indicando que no podrán disponer por testamento los impúberes (menos de 13 años). Quienes hayan cumplido dicha edad, podrán testar libremente aunque se hallen bajo la patria potestad.
Proyecto de fecha 05/10/2022: Deroga el artículo 3º de la Ley No. 18.507 de fecha 26/06/2009. Así, elimina la disposición que permitía al consumidor comparecer sin asistencia letrada en los procesos judiciales relativos a la defensa del consumidor.
Proyecto de fecha 05/10/2022: Crea el Hospital Veterinario Público que tendrá como objeto brindar atención gratuita veterinaria, primaria y de alta complejidad, a todos los animales tanto de compañía como callejeros.
Proyecto de fecha 06/10/2022: Introduce modificaciones en la reglamentación del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) comprendidas en el Título 4 y 7 del Texto Ordenado 1996. Las modificaciones versan sobre lo dispuesto para las rentas empresariales, rentas consideradas “fuente uruguaya”, “ingresos calificados”, “entidad calificada”, cláusulas específicas anti abuso, entre otras.
Proyecto de fecha 07/10/2022: Establece los elementos que deben constar en todo anuncio por el cual se ofrezca un puesto de trabajo o se demanden trabajadores. Dicho anuncio deberá contar con la tarea concreta a desarrollar, el lugar geográfico en donde se desarrollarán las mismas, la carga horaria semanal y el salario inicial a percibir por el trabajador. Encomienda al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) a reglamentar y fiscalizar la presente normativa. El incumplimiento de la presente normativa acarreará la aplicación de sanciones al empleador que oscilarán entre 15 a 30 Unidades Reajustables (UR) por cada anuncio.
Proyecto de fecha 11/10/2022: Aprueba la Convención de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) para la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático de fecha 06/11/2001.
Proyecto de fecha 11/10/2022: Dispone que todos los precios que se devengarán por concepto de flete en el transporte profesional de carga internacional terrestre con la República Argentina, deberán ser abonados a través de entidades financieras o bancarias del país de la matrícula del vehículo de carga.
Proyecto de fecha 11/10/2022: Deroga la Ley No. 18.831 de fecha 27/10/2011, sobre el restablecimiento de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985.
Proyecto de fecha 11/10/2022: Solicitan a Presidencia de la República , al Ministerio de Ganadería , Agricultura y Pesca (MGAP) y al Ministerio de Salud Pública (MSP), la creación y difusión de una campaña publicitaria sobre hábitos de alimentación saludable que incentive al consumo de frutas y verduras.
Proyecto de fecha 17/10/2022: Crea una sobretasa de un 25% sobre el Impuesto al Patrimonio, cuya recaudación será destinada al Fondo Nacional de Vivienda.
Proyecto de fecha 18/10/2022: Establece que en todos los llamados públicos que se postulen ciudadanos con el fin de obtener préstamos para acceder a una vivienda pública, no podrá ser requisito de carácter excluyente estar libre de operaciones incumplidas en el Clearing de Informes.
Proyecto de fecha 18/10/2022: Incorpora al Código Penal Uruguayo (CPU) el artículo 159 BIS, que regula la figura del enriquecimiento ilícito. Dispone que el funcionario público con obligación de presentar declaración jurada de bienes e ingresos, que durante el ejercicio de su función, obtenga por sí o a través de interpuesta persona, un incremento patrimonial significativo en relación a sus ingresos, será sancionado con una pena de dieciocho meses de prisión a seis meses de penitenciaría, multa de 50 UR a 15.000 UR. Agrega también el artículo 159 TER, que dispone la agravante especial del delito ya indicado para los casos en que el autor del ilícito se tratara de agente que ocupe un cargo electivo o de particular confianza o hubiere sido designado previa venia parlamentaria.
Proyecto de fecha 18/10/2022: Declara la primera semana del mes de noviembre de cada año como “Semana de la prevención y concientización contra la Violencia y el Acoso Escolar, incluido el Ciberacoso”, de conformidad con la resolución 207 EX/52 del Consejo Ejecutivo de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Proyecto de fecha 18/10/2022: Agrega al artículo 365 de la Ley No. 9.155 de fecha 04/12/1933 (de las faltas contra la integridad física), el numeral 8 el cual dispone que será castigado con pena de 7 a 30 días de prestación de trabajo comunitario quien conduzca un birrodado en forma antirreglamentaria en zonas pobladas apoyando una única rueda, o sin sostener el manillar.
Proyecto de fecha 18/10/2022: Dispone que aquellos funcionarios y ex funcionarios que la Junta Asesora en Materia Económica Financiera del Estado haya declarado omisos en el cumplimiento de la correspondiente presentación de la declaración jurada de bienes o ingresos establecida por los artículos 10 y 11 de la Ley No. 17.060 de fecha 23/12/1998, se les retendrá el 50% del monto nominal de cualquier emolumento, salario o retribución, honorario, jubilación,pensión o subsidio pagado por organismos públicos.
Proyecto de fecha 18/10/2022: Declara el estado de “Emergencia Agropecuaria” para los Departamentos de Colonia, Soriano, Rio Negro, San José, Flores y Florida.
Proyecto de fecha 19/10/2022: Todo trabajador que habitualmente perciba propina, o que desempeñe tareas en las que es de estilo costumbre recibir propina, tiene derecho a que la misma sea pasible de abonarse a través de los medios de pago definidos en el artículo 1º de la Ley No. 19.210 de fecha 29/04/2014, a saber, tarjetas de débito, crédito, instrumentos de dinero electrónico, entre otros. Asimismo, el empleador tiene la obligación de aplicar la tecnología disponible para que los clientes puedan incluir las propinas en la transacción por el mismo medio de pago por el que efectúe el pago del servicio o producto al cual accede la propina.
Proyecto de fecha 19/10/2022: Declara de interés nacional la plantación de "Illex Paraguayensis" (yerba mate), así como el desarrollo de todas las etapas de industrialización. Faculta al Poder Ejecutivo (PE) a exonerar a los productores de yerba mate en cualquiera de sus etapas productivas de todo tributo nacional sobre la propiedad inmueble rural y de la contribución inmobiliaria rural durante los primeros 8 años a partir del inicio de sus actividades.
Proyecto de fecha 19/10/2022: Agrega al listado del artículo 5 literal H de la Ley No. 19.829 de fecha 18/09/2019, en lo relativo al tipo de residuos “Especiales”, a los “Los cigarrillos, las colillas y los filtros de cigarrillo”. Asimismo, agrega al literal C del artículo 3 de la Ley No. 18.256 de fecha 06/03/2008, en lo relativo a los lugares donde se dispone la prohibición de fumar o mantener encendidos productos de tabaco, a los espacios destinados a su uso por menores de edad, espacios dedicados a la conservación de fauna y flora y espacios dedicados a la realización de actividades deportivas.
Proyecto de fecha 21/10/2022: Modifica el sistema previsional común.
Proyecto de fecha 21/10/2022: Dispone que los contratos celebre el Estado al amparo de la Ley No. 16.906 cuya ejecución se difiera en el tiempo y deba cumplirse durante el lapso de más de un periodo de gobierno, deberá contar con la aprobación de la mayoría del Senado de la República.
Proyecto de fecha 25/10/2022: Previene y asegura el derecho de toda persona a un ambiente de trabajo libre de violencia y acoso, así como sancionar los comportamientos que configuren violencia o acoso en el mundo del trabajo.
Proyecto de fecha 27/10/2022: Solicita la exoneración de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los productos alimenticios para consumo de quienes padecen la enfermedad celíaca; exonera de tributos a la importación de insumos y materias primas necesarias para la elaboración de productos alimenticios para el consumo de personas celiacas; solicita créditos fiscales a otorgar por el IVA proveniente de las compras para la fabricación de dichos productos, entre otras medidas.
Proyecto de fecha 27/10/2022: Aprueba el “Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) relativo a la creación de la Oficina Subregional para América del Sur del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente”.
Proyecto de fecha 31/10/2022: Prorroga por los meses de noviembre y diciembre de 2022, la prestación “Oportunidad Laboral” establecida por el artículo 2 de la Ley No. 20.048 de fecha 20/06/2022.
     RESOLUCIONES DICTADAS POR LA D.G.I.
Resolución N° 1926/022: Se extiende a ejercicios económicos cerrados antes del 1º de julio de 2023 los criterios de liquidación del IRAE y del Impuesto al Patrimonio a aplicar en los casos que un mismo contribuyente genere rentas derivadas de actividades agropecuarias conjuntamente con otras rentas.
Resolución N° 1951/022: Se fijan a partir del 1º de noviembre de 2022, los nuevos valores por kilo de venta al público de carne bovina y ovina y sus menudencias, a efectos de la percepción del IVA, así como el IVA que deben tributar quienes vendan al público el producido de la faena por ellos realizada de animales de su propiedad.
Resolución N° 1952/022: Se establece el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, para el mes de noviembre de 2022.
Resolución N° 1953/022: Se fijan los precios fictos por kilo tanto para carne de aves enteras, trozadas o deshuesadas, como para gallinas de postura de descarte, que regirán a partir del 1° de noviembre de 2022 para la aplicación de la Resolución Nº 3.832/015 de DGI.
     CONSULTAS EFECTUADAS A LA D.G.I.
Consulta N° 6130: (I.M.E.S.I.) Una empresa de plaza consulta en forma vinculante, el tratamiento tributario respecto al Impuesto Específico Interno (IMESI) de los siguientes productos: Jarabe de caramelo, Jarabe de coco, Jarabe Frapuccino café Light, Jarabe Frapuccino café, Jarabe Frapuccino crema,Jarabe almendras, Jarabe avellana, Jarabe canela dulce, Jarabe clásico, Jarabe frambuesa, Jarabe vainilla, Jarabe vainilla sugar free, Salsa caramelo, Salsa mango passion, Salsa frutilla, Lemonade, Limonada de coco y Limonada de maracuyá.
Consulta N° 6496: (I.V.A.) - (I.R.A.E.) Se consulta en forma vinculante el tratamiento tributario que corresponde aplicarle a los ingresos obtenidos por una empresa unipersonal (comisionista) por la intermediación entre clientes y proveedores del exterior.
Consulta N° 6497: (I.R.A.E.) - (I.V.A) - (I.P.) - (I.R.N.R. )Una persona física consulta acerca de la situación tributaria de un fideicomiso de administración cuyo objeto principal será la creación y preservación de una reserva ecológica destinada a generaciones futuras, en beneficio de los fideicomitentes.
Consulta N° 6510 : (I.R.P.F.) - (I.P.) Una persona física que firmó un inmueble rural a un Fideicomiso de Administración. En dicho documento se estableció que el vendedor conservará para sí un conjunto de derechos de superficie correspondientes a áreas determinadas del inmueble,consulta el tratamiento que corresponderá aplicar a la referida enajenación en relación al Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y al Impuesto al Patrimonio (IP).
Consulta N° 6514: (I.R.A.E.) - (I.V.A.) Una persona jurídica de derecho público no estatal consulta sobre la aplicabilidad del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre las contraprestaciones que perciba por servicios que proyecta realizar para solventar los costos de su funcionamiento. Asimismo consulta si le es aplicable la exoneración genérica del artículo 28° del Título 3 del Texto Ordenado de 1996.
Consulta N° 6522: (I.V.A.) Una SRL, con giro transporte profesional de carga, que presta servicios de flete y subcontrata para usuarios de Zona Franca. Consulta si los fleteros y la SRL deben realizar la factura exenta de Impuesto al Valor Agregado (IVA), asimilado a exportador, dado que se realizó el ingreso a zona franca y se considera una reventa de fletes, en función del artículo 34 del Decreto N° 220/998.
     COMISIÓN DE APLICACIÓN DE LA LEY DE INVERSIONES - C.O.M.A.P.
De acuerdo con la página web de la COMAP, (http://comap.mef.gub.uy/) no hay novedades en el mes de OCTUBRE de 2022
     SENTENCIAS TRIBUTARIAS DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - T.C.A.
Sentencia N° 712/022 de fecha 06/10/2022: Demanda la nulidad de la Resolución del Intendente de Montevideo, que declaró al Ministerio del Interior exonerado del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, adicionales, y del Impuesto a los Baldíos respecto a cinco inmuebles a partir del 01/01/2020, al amparo de lo dispuesto en el art. 463 de la L 16.226 y no hizo lugar a lo solicitado respecto a la exoneración de la Tasa General por no ajustarse a derecho. El Tribunal ANULA el acto impugnado. La controversia radica en dilucidar si el art. 463 de la L. 16.226 comprende la exoneración de la Tasa General municipal. En Sentencia No. 362/2019 el Tribunal, abordó el alcance de la inmunidad impositiva del Estado, considerando que del propio texto de la disposición surge que la inmunidad consagrada solo abarca a la especie impuestos y no al género tributos. En la época de aprobación de la norma, el legislador ya sabía perfectamente la diferencia entre el género tributos y la especie impuestos. Con tales entendimientos, se concluye que el legislador quiso otorgar dicho beneficio únicamente a los impuestos, porque de haber querido abarcar a todo el género, debió haber consagrado una inmunidad tributaria (Cfe. Sentencias Nos. 199/2002, 458/2002, 521/2003 y 439/2010) Respecto de la naturaleza jurídica de la Tasa General, el Cuerpo ya se expidió en reiteradas oportunidades, entendiendo que se trata de un verdadero impuesto y no específicamente de una tasa, no obstante su denominación, por lo que al no advertirse circunstancia alguna para apartarse de la constante jurisprudencia, a ella corresponde remitirse. Remite a Sent. 476/2010. La denominada Tasa General Municipal, no es antológicamente una tasa, sino un verdadero impuesto, ya que el presupuesto de dicho tributo es independiente de toda actividad estatal relativa al contribuyente (arts. 10 y 11 del Cód. Tributario). En consecuencia corresponde incluirla en la inmunidad impositiva del artículo 463 de la Ley No. 16.226, y anular el acto impugnado en este aspecto.
Sentencia N° 748/2022 de fecha 20/10/2022: Demanda la nulidad de la Resolución dictada por la Gerencia Adscripta a la Dirección Técnica de la Asesoría Tributaria y Recaudación del B.P.S. que dispuso no hacer lugar a la solicitud de prescripción de adeudos planteada por la actora. El Tribunal, por unanimidad, CONFIRMA el acto impugnado. resulta ser un hecho no controvertido que se han configurado efectivamente los hechos generadores que determinaron la realización de los aportes al fondo nacional de salud (FONASA) por encontrarse comprendidos al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) las personas físicas que obtienen ingresos originados en la prestación de servicios personales fuera de la relación de dependencia. La cuestión a dilucidar se centra en resolver si se ha configurado o no la prescripción de los adeudos por concepto de FONASA. A entender de la Sala, si bien es posible plantearse la interrogante acerca de si el proceder del Organismo demandado fue acertado, al no detectar la omisión en la liquidación regular de tributos al momento de expedir los Certificados comunes solicitados por el sujeto obligado, cabe consignar que, el conocimiento pleno, en su integridad, de los hechos generadores por parte del B.P.S., efectivamente aconteció cuando se presentaron las declaraciones juradas donde se los denunciaba. Y, precisamente, tal omisión se encuentra expresamente prevista como causal de ampliación del plazo de prescripción a 10 años. Respecto a los efectos de la emisión del Certificado común, resulta aplicable al caso que nos ocupa, lo que el Tribunal sostuvo en Sentencia No. 402/2017. La infracción de Mora operó en el caso por el solo vencimiento del término establecido.
Sentencia N° 729/022 de fecha 26/12/2022: Demanda la nulidad de Resolución dictada por la Dirección Técnica de la ATYR BPS por la que se resolvió no hacer lugar a la Petición que formulara la actora respecto a eximir de responsabilidad tributaria por los adeudos generados por la sociedad civil. El Tribunal, CONFIRMA el acto impugnado. La actora figuraba como socia sin actividad en una sociedad civil. Adujo que el B.P.S. pretende hacerla responsable de los adeudos tributarios de una empresa en la cual jamás tuvo injerencia alguna. Respecto de la calidad de sujeto de derecho de la Sociedad Civil, el Tribunal entiende que resulta aplicable el criterio que se sostuvo en Sentencia No. 620/2017. Corresponde mencionar que el BPS reconoce en su contestación que no existió determinación tributaria alguna realizada a la compareciente. De las actuaciones surge que se imputaron adeudos tributarios a la sociedad civil, como entidad contribuyente, de la que la parte actora reconoce formaba parte y que no se había desvinculado. Adeudos respecto de los cuales ya se iniciaron juicios ejecutivos (conforme surge de la documentación agregada como prueba documental). Determinación que, en todo caso, debió haber impugnado la actual compareciente en su carácter de socia de dicha entidad, lo que no surge que haya acontecido. Siendo en esos procesos ejecutivos que la actora debió ejercer su derecho de defensa, y aportar toda la prueba que, a su juicio, la liberaría, y excluiría de responsabilidad y no lo hizo. El vicio en la motivación no es tal por cuanto del acto impugnado surge la argumentación detallada de la Administración por la cual no accedió a lo peticionado por la actora. Entonces, no existió ninguna determinación tributaria tal como lo reconoce en su contestación la demandada, la actora no es responsable de ese tipo de obligación porque esa declaración de responsabilidad requiere de un acto administrativo expreso que no se ha dictado. La eventual lesión a la esfera jurídica de la actora sería que en un futuro se resolviera responsabilizarla.
     CIRCULARES DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY - B.C.U.
No se publicaron circulares del B.C.U.
     AUDITORÍA INTERNA DE LA NACIÓN - AIN
No se publicaron novedades de A.I.N.
     CIRCULARES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - S.C.J.
Circular N° 078/2022 de fecha 05/10/2022: Dispone el proceso de implementación progresiva del Sistema de Ingreso de Expedientes Judiciales (SIDEJU) que se implementará a partir del 03/10/2022, que ser accesible a través de la Ventanilla Única Judicial, para Sedes de interior del país. Así también el SIDEJU permitirá a los usuarios de la Ventanilla Única Judicial de todo el país ingresar los asuntos de su interés directamente en el Juzgado que le sea designado de forma aleatoria, sin necesidad de realizar procedimientos presenciales.
Circular N° 084/022 de fecha 24/10/2022: Modifica la Circular No. 21/2022 de fecha 25/03/2022, en lo que refiere al procedimiento para efectuar el control de los certificados de Escribano, respecto a estar al día con la Caja Notarial de Seguridad Social. Los funcionarios judiciales con título de Escribano Publico deberán presentar en el Departamento de Tesorería del Poder Judicial, el referido certificado, sin excepción alguna.
Circular N° 87/2022 de fecha 24/10/2022: Dispone que todos los representantes del Poder Judicial ante las Comisiones Departamentales de Lucha Contra la violencia Basada en Género informe su participación en los referido Grupos de trabajo, con plazo de 10 días hábiles.
     OTROS DOCUMENTOS, NORMAS Y SENTENCIAS DE INTERÉS
Resolución del Directorio del Banco de Previsión Social: Aprueba el documento reglamento de Ayudas Extraordinarias y anexos. Se entiende por Ayuda Extraordinaria a la prestación económica cuyo objetivo es propiciar el desarrollo del potencial bio-psico-social, laboral y educacional del beneficiario, restablecer o restaurar la habilidades, compensar funciones perdidas, obtener el máximo nivel de autonomía y una mejor calidad de vida, contemplando su capacidad y aspiraciones.
Resolución del Directorio del Banco de Previsión Social: Aprueba el informe anual correspondiente al plan quinquenal de metas y objetivos y las modificaciones efectuadas a los arts. 69 y 74 de las normas presupuestales del proyecto de presupuesto operativo, de operaciones financieras y de inversiones del Banco de Previsión Social (BPS) para el ejercicio 2023.
Resolución del Directorio del Banco de Previsión Social: Crea la Gerencia del Área de Planificación prestaciones sociales (R022), dependiente de la repartición de prestaciones sociales. Crea asimismo dentro de dicha Gerencia, la sección planificación y presupuesto (A017).
     TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
La OCDE presenta un nuevo marco de transparencia para los criptoactivos al G20: El Marco de Informes de Criptoactivos (CARF) responde a una solicitud del G20 de que la OCDE desarrolle un plan para el intercambio automático de información entre países. El CARF fue presentado a los Ministros de Finanzas y Gobernadores de Bancos Centrales del G20 para su evaluación en la reunión del 12 al 13 de octubre en Washington DC, como parte del último Informe Fiscal del Secretario General de la OCDE.
Selección de normas y sentencias de interés obtenidas de los sitios web de Presidencia, DGI, COMAP, BCU, Poder Judicial, Parlamento
y especializados en el mes OCTUBRE de 2022.

RUEDA ABADI PEREIRA
Consultores

SMS Urguay

Av. Libertador 1680 Piso 2
CP 11100 | Montevideo | Uruguay
Tel/Fax (598) 2901 3020*
www.rap.com.uy | rap@rap.com.uy

.