NOTICIAS
DICIEMBRE 2022     
Los invitamos a disfrutar de nuestro video institucional alusivo a nuestro 30° Aniversario así como a recorrer los principales reconocimientos recibidos de parte de las calificadoras internacionales y actividades más destacadas desarrolladas durante el 2022, al tiempo de brindar nuestro enorme agradecimiento a staff, clientes, colegas y organizaciones en general que han venido haciendo realidad este sueño emprendedor que va por más!!! [Ver]
Opiniones de Laura Capalbo (presidenta del Colegio de Abogados), Willian Rosa (presidente de la Asociación de Magistrados Fiscales) y nuestro socio Santiago Pereira Campos para No Toquen Nada de DelSol FM, sobre reclamos de más transparencia en ascenso de jueces. [Más información]
Participación de nuestro socio Santiago Pereira Campos en el "II Congresso Internacional de Dereito Probatório", realizado los días 5 y 6 de diciembre en Porto Alegre, Brasil.
Entrevista para No Toquen Nada de DelSol FM con Victoria Gadea y nuestro socio Santiago Pereira Campos sobre la inmovilidad que puede provocar el lugar que Uruguay ocupa en los rankings sobre desarrollo institucional y su buena ubicación en el contexto de la región. [Más información]
Compartimos el análisis preparado por nuestro departamento Contable sobre las modificaciones introducidas por la ley No 20.095 sobre tratamiento de las “rentas pasivas” ante el IRAE conforme a los a requerimientos planteados por la Unión Europea. [Más información]
NORMAS
     LEYES
Ley 20097 de fecha 02/12/2022: Habilita la faena artesanal predial y posterior traslado de sus productos, de los animales nacidos y criados en el predio, como ser: cerdos, ovinos, aves y conejos, a aquellos productores familiares que se encuentren registrados en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP). Los productores familiares deberán encontrarse inscriptos en el Registro de Producto Familiar de la Dirección General de Desarrollo Rural.
Ley 20098 de fecha 12/12/2022: Dispone que los servicios prestados por hoteles relacionados con el hospedaje de residentes, dentro del período comprendido entre la fecha de promulgación de la presente ley y el 28/02/2023 inclusive, tendrán análogo tratamiento al dispuesto para la exportación de servicios a los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Dicho beneficio se aplicará siempre que sus ingresos en el último ejercicio cerrado previo a la vigencia de la presente Ley no hayan superado los 10.000.000 UI a la cotización vigente al cierre del ejercicio.
Ley 20100 de fecha 16/12/2022: Aprueba el Acuerdo de Cooperación entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 02/03/2021.
Ley 20101 de fecha 16/12/2022: Aprueba el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Popular China sobre Cooperación en Materia de Defensa, suscrito el 02/09/2019, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay.
Ley 20102 de fecha 16/12/2022: Aprueba el “Acuerdo sobre Localidades fronterizas vinculadas” suscrito en la ciudad de Bento Goncalvez, República Federativa del Brasil, el 05/12/2019.
Ley 20103 de fecha 22/12/2022: Autoriza la salida del país de la Plana Mayor y Tripulación del Buque ROU 04 “General Artigas”, a efectos de realizar la Campaña Antártica “Operación ANTARKOS XXXIX” desde el 11/01/2023 al 15/03/2023, con destino a la Base Científica Antártica Artigas.
Ley 20105 de fecha 22/12/2022: Establece que el Instituto Nacional de Colonización (INC) tendrá su domicilio legal y principal asiento en cualquier punto del territorio nacional. Asimismo, determina que el directorio del ente autónomo por mayoría especial de cuatro votos determinará cuál es la ubicación adecuada para su instalación, atendiendo primordialmente el criterio de mayor cercanía con las colonias y sus administrados.
Ley 20108 de fecha 27/12/2022: Prorroga el plazo establecido en el inciso segundo del artículo 168 de la Ley No. 19.775 de fecha 26/07/2019 para la readecuación de las vacantes de Oficiales Generales y/o Superiores hasta alcanzar los números de efectivos establecidos en los artículos 41 y 42 de la citada ley, hasta el 01/02/2025.
Ley 20109 de fecha 28/12/2022: Declara el segundo domingo del mes de febrero de cada año como el “Día Nacional del Esquilador”.
     DECRETOS
Consejo de Ministros
Decreto N° 406/022 de fecha 22/12/2022: Define la accesibilidad digital e implementa acciones para asegurar el cumplimiento de la misma. Así, define a la primera como la posibilidad de que toda la información y contenidos disponibles a través de soluciones tecnológicas se hagan disponibles y utilizables por el usuario, mediante el uso de equipamiento adecuado, independientemente de su contexto y condiciones personales. Asimismo, a efectos de asegurar la accesibilidad digital, dispone que el Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y las personas de derecho público no estatales, deberán cumplir con los requisitos mínimos de accesibilidad digital, elaborar planes de mejora que contemple el diagnóstico de la situación actual y adoptar una política de accesibilidad digital en base a las condiciones mínimas definidas por la Agenda para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento.
Decreto N° 413/022 de fecha 22/12/2022: El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) transferirá a cada Gobierno Departamental, con cargo al crédito habilitado en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, Programa “Apoyo a los Gobiernos Departamentales y Locales”, unidad ejecutora 024 “Dirección general de Secretaria (MEF)”, Proyecto 000 “Funcionamiento”, Financiación 1.1 “Rentas Generales”, la partida anual de $ 250.000.000 asignada para el Ejercicio 2022.
Decreto N° 431/022 de fecha 27/12/2022: Crea el Comité de Gobernanza de Procesos y Soluciones Transversales. Ejerce la rectoría funcional y tecnológica de los sistemas de información transversales y las plataformas tecnológicas de uso compartido, vinculados con la gestión interna de los incisos de la Administración Central. Dentro de sus cometidos se encuentran: definir los estándares funcionales y tecnológicos que deben cumplir los sistemas transversales, establecer criterios comunes para una gestión eficiente y transparente de los recursos, crear Comités Asesores de Usuarios pertenecientes a las entidades estatales, informar y asesorar sobre los estándares definidos por el Comité a las entidades públicas en general, proponer medidas necesarias para la preservación de los sistemas transversales, entre otros.
Decreto N° 432/022 de fecha 27/12/2022: Reglamenta la Ley No. 20.078 de fecha 21/10/2022, relativa a la fijación de pagos por flete en el transporte de carga internacional terrestre con la República Argentina. Dispone que todos los pagos que se realicen por concepto de flete en el transporte de carga internacional terrestre, con origen o destino en la República Argentina, deberán ser abonados al país de la matrícula del vehículo de carga, mediante transferencias obligatorias a través de entidades financieras o bancarias de dicho país. El representante de la empresa transportista tendrá 45 días corridos para acreditar ante la Dirección Nacional de Transporte (DNT) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) el debido pago indicado precedentemente. En caso de no verificarse dicha acreditación (sin que mediare prórroga) la DNT sancionará con una multa que asciende a la suma de 107 UR (art. 27 núm.. 27 del Reglamento Nacional de Circulación Vial).
Decreto N° 440/022 de fecha 30/12/2022: Establece ajustes en el Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal de los Incisos 02 al 15 y 36 del Presupuesto Nacional. Las modificaciones introducidas refieren a la planificación de necesidades de personal, el proceso de los llamados a concurso, las etapas y puntajes del proceso de reclutamiento y selección, entre otras.
Decreto N° 442/022 de fecha 30/12/2022: Aprueba el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) correspondiente al Ejercicio 2023.
Ministerio de Economía y Finanzas
Decreto N° 382/022 de fecha 02/12/2022: Incorpora al Anexo II del Decreto No. 48/022 de fecha 31/01/2022 que establece los ítems arancelarios que disponen de la tasa de devolución de tributos a las exportaciones. En efecto, agrega a dicho régimen de devolución de tributos el ítem arancelario NCM 8537.10.90.90.
Decreto N° 385/022 de fecha 05/12/2022: Fija el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de octubre de 2022 en $1.496,69. En base a ello, fija el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de octubre de 2022 en $1.492,77. Asimismo, determina que el índice correspondiente al Índice General de los Precios del Consumo ascienden en el mes de octubre de 2022 a 261,10 sobre base diciembre 2010=100. Por último, dispone que el coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de noviembre de 2022 es de 1,0905.
Decreto N° 386/022 de fecha 05/12/2022: Deroga los artículos 5 a 7 del Decreto No. 272/009 de fecha 08/06/2009 en lo relativo a la obligación de presentar declaraciones juradas respecto del calzado de origen nacional o extranjero.
Decreto N° 387/022 de fecha 05/12/2022: Sustituye el inciso primero del art. 1º y los numerales i) y ii) del Decreto No. 282/018 de fecha 10/09/2018, extendiendo el beneficio del que gozan los contribuyentes que desarrollan actividades en ferias en la vía pública, exceptuando del pago del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) hasta el 31/12/2023. También habilita a quienes se hayan amparado en la excepción referida a computar parcialmente los ingresos que se originen en operaciones cuya prestación se realice a través de medios electrónicos de pago.
Decreto N° 395/022 de fecha 14/12/2022: Reglamenta disposiciones de la Ley No. 20.095 de fecha 25/11/2022, definiendo nuevas consagraciones en sede del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), modificando la fuente uruguaya del impuesto, los ingresos calificados, entidades calificadas, sociedades holding y Tenedoras de Inmuebles, Tercerizaciones, entre otras. [Más información]
Decreto N° 400/022 de fecha 16/12/2022: Transfiere a la Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”, del Inciso 05 “Ministerio de Economía y Finanzas” (MEF), la totalidad de los bienes, créditos, obligaciones y recursos destinados al Área Defensa del Consumidor, de la ex Unidad Ejecutora 014 “Dirección General de Comercio”.
Decreto N° 401/022 de fecha 20/12/2022: Sustituye el artículo 3 del Decreto No. 206/019 de fecha 22/07/2019 en lo relativo a los servicios que quedan amparados en el régimen que brinda el art. 4 del mismo decreto sobre el otorgamiento de un crédito fiscal de hasta UI 80 (unidades indexadas ochenta) por los pagos en concepto de servicios de soluciones de facturación electrónica que realicen los contribuyentes de menor capacidad económica. En efecto, el presente decreto amplía dicho régimen a los servicios prestados entre el 01/11/2019 y el 31/12/2023.
Decreto N° 404/022 de fecha 20/12/2022: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos para el ejercicio 2023.
Decreto N° 407/022 de fecha 23/12/2022: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Inversiones y de Operaciones Financieras del Banco de la República Oriental del Uruguay para el Ejercicio 2023.
Decreto N° 409/022 de fecha 23/12/2022: Actualiza las bases específicas para Impuesto Específico Interno (IMESI) de tabacos y cigarrillos. El impuesto establece en relación a los cigarrillos que comprende los comercializados en el régimen de “Free Shop” y en el marco del Decreto No. 276/985 de fecha 03/07/1985.
Decreto N° 410/022 de fecha 23/12/2022: Reglamenta el inciso segundo del artículo único de la Ley No. 20.098 de fecha 12/12/2022 en cuanto dispone para los servicios prestados por hoteles relacionados con el hospedaje de residentes que tendrán análogo tratamiento al dispuesto para la exportación de servicios a los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA). En efecto, determina que a los efectos del régimen señalado, sólo se considerarán los servicios de hospedaje y todos aquellos que les sean cargados en cuenta al pasajero, con excepción del servicio de restaurante.
Decreto N° 411/022 de fecha 23/12/2022: Sustituye el artículo 2º del Decreto No. 520/007 de fecha 27/12/2007 que establece la forma de determinación de la base imponible del Impuesto Específico Interno (IMESI) con relación a determinadas bebidas, grasas y lubricantes. En efecto, determina los montos fijos por unidad física enajenada correspondiente a los bienes señalados anteriormente, de acuerdo con los numerales establecidos por el artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1996.
Decreto N° 418/022 de fecha 27/12/2022: Modifica la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común en virtud de la Resolución Nº 19/22 de fecha 28/09/2022.
Decreto N° 419/022 de fecha 27/12/2022: Fija el monto del pago mensual para el año 2023 a que refiere el inciso primero del artículo 106 del Decreto No. 220/998 y del artículo 93 del Título 4 del Texto Ordenado (TO) 1996, en cuanto al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al que están obligados los sujetos comprendidos en el art. 52 del Título 4 del TO 1996 y los pagos mensuales de los sujetos obligados al pago del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), respectivamente.
Decreto N° 420/022 de fecha 27/12/2022: Fija multas mínimas y máximas previstas por los artículos 95 y 98 del Código Tributario para el año 2023, en lo relativo a la figura de la contravención y la instigación pública a no pagar tributos, respectivamente.
Decreto N° 421/022 de fecha 27/12/2022: Fija el coeficiente para determinar el valor real de los inmuebles para el año 2022.
Decreto N° 422/022 de fecha 27/12/2022: Sustituye el inciso 5º del artículo 88 del Decreto No. 597/988 de fecha 21/09/1988 en lo relativo a la regulación del otorgamiento y exigibilidad de los certificados de crédito expedidos por la Dirección General Impositiva (DGI) generados por exportadores y asimilados. Así, dispone que la fecha de exigibilidad de las cesiones de certificados de créditos expedidos por la DGI en ningún caso podrá ser anterior a la correspondiente al crédito original.
Decreto N° 415/022 de fecha 28/12/2022: Aprueba las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de Seguros del Estado (BSE) correspondiente al Ejercicio 2023.
Decreto N° 434/022 de fecha 29/12/2022: Fija el incremento del valor de las cuotas básicas de afiliaciones individuales no vitalicias y cuotas básicas de convenios colectivos, para las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva (IAMC).
Decreto N° 435/022 de fecha 29/12/2022: Fija los valores del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la primera enajenación a cualquier título de los combustibles.
Decreto N° 381/022 de fecha 18/01/2023: Dispone la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Directiva Nº 102/22 de la Comisión de Comercio del Mercosur, en lo relativo a la reducción temporaria de la alícuota del Arancel Externo Común solicitada por la República Oriental del Uruguay, para el ítem arancelario NCM 3004.39.29.
Ministerio de Industria, Minería y Energía
Decreto N° 388/022 de fecha 05/12/2022: Establece la obligatoriedad de las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Dirección Nacional de Industrias, del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM). La constitución de domicilio electrónico será obligatoria para todas aquellas personas físicas y jurídicas que realicen trámites ante la mencionada Dirección Nacional.
Decreto N° 392/022 de fecha 05/12/2022: La publicidad oficial realizada en cumplimiento del artículo 774 de la Ley No. 19.924 de fecha 18/12/2020 (destino de un mínimo de 0,5% de fondos para cada departamento), será destinadas a los programas y/o producciones informativas de localidades del interior, que deberán ser dirigidas a aquellas empresas que cuenten con autorizaciones y habilitaciones correspondientes, debiendo éstas contar con una declaración jurada realizada ante el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) de conformidad a lo dispuesto por el art. 4 de la Ley No. 16.099.
Decreto N° 393/022 de fecha 14/12/2022: Sustituye los artículos 6 y 9 del Decreto No. 392/022 de fecha 13/12/2022. El art. 774 de la Ley No. 19.924 establece que de la publicidad que dispone cada organismo para el interior del país, se debe destinar un mínimo de 0,5% a cada departamento. El monto que fija este mínimo asciende al 20% del total, o 10% del total, según si el mismo se encuentre o no en competencia, lo cual implica un 0,1 o 0,05%, respectivamente. En ese sentido, la sustitución radica en el aumento de esa asignación, optando por un 0,5% del total de gasto de publicidad en el primer caso y del 0,25% del total, en el caso de los organismos en competencia.
Decreto N° 398/022 de fecha 15/12/2022: Deroga el Decreto No. 347/022 de fecha 25/10/2022 en lo relativo a la fijación de remuneraciones anuales para las instalaciones de los sistemas de transmisión, subtransmisión y distribución de 22Kv, 15Kv y 6,4Kv de energía eléctrica y de valores de los cargos por el uso de dichos sistemas.
Decreto N° 399/022 de fecha 15/12/2022: Aprueba nuevos valores de los cargos por el uso del Sistema de Transmisión de energía eléctrica, de los cargos por el uso del Sistema de Subtransmisión de energía eléctrica y de los cargos por el uso del Sistema de Distribución de 22Kv, 15 Kv y 6,4 Kv de energía eléctrica, en sustitución de los valores de los mismos cargos aprobados por el Decreto No. 347/022 de fecha 25/10/2022.
Decreto N° 408/022 de fecha 22/12/2022: Modifica el Decreto No. 79/020 de fecha 28/02/2020 en lo relativo a la Promoción de Parques Industriales y Parques Científicos Tecnológicos. Modifica lo dispuesto por los artículos 2, 4, 5 sobre las cadenas de valor industrial y los parques industriales, la figura del instalador y del usuario, respectivamente. Deroga los artículos 7 y 8 sobre la competencia y funcionamiento de la comisión asesora de los parques industriales y parques científicos tecnológicos, así como también del otorgamiento de beneficios que se conceden a instaladores y usuarios de Parques Industriales y Parques Científicos-Tecnológicos, entre otras modificaciones al decreto referido precedentemente.
Decreto N° 345/022 de fecha 23/12/2022: Exhorta a la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE) a habilitar que las centrales de generación que configuran procesos de cogeneración que utilizan biomasa como combustible, puedan computar los retiros de energía en un único nodo eléctrico configurado al solo efecto de la aplicación de lo dispuesto en dicho decreto.
Decreto N° 425/022 de fecha 27/12/2022: Autoriza genéricamente la asignación por procedimiento competitivo del uso de frecuencias radioeléctricas en los sub-bloques de frecuencia detallados en el presente decreto, a los efectos de la prestación de servicios de telecomunicaciones móviles internacionales.
Decreto N° 414/022 de fecha 29/12/2022: Aprueba nuevos valores de Precios en Planta para los combustibles generales, disolventes y productos especiales suministrados por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de las cero horas del 01/01/2023.
Decreto N° 436/022 de fecha 29/12/2022: Aprueba las tarifas de energía eléctrica y tasas para los servicios a cargo de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) que regirán a partir del 01/01/2023.
Decreto N° 437/022 de fecha 29/12/2022: Aprueba a partir del 01/01/2023 las tarifas correspondientes a la telefonía fija y pública de acuerdo a la Resolución del Directorio de Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) No. 1866/22 de fecha 28/12/2022.
Decreto N° 441/022 de fecha 30/12/2022: Sustituye la redacción del artículo 2º del Decreto No. 347/022 de fecha 28/09/2006. El mencionado decreto determina la constitución de un fideicomiso de administración destinado a implementar una política dirigida al sector del transporte colectivo de pasajeros. Precisamente, la nueva redacción del mencionado artículo dispone que “el capital fiduciario se constituye con el producido de la recaudación de Ancap equivalente a pesos uruguayos cuatro pesos con noventa y ocho centésimos y cuatro milésimas ($4,984) por litro de gasoil comercializado”.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Decreto N° 383/022 de fecha 05/12/2022: Fija el monto del salario mínimo para los trabajadores asistentes personales habilitados por la Secretaría Nacional de Cuidados que desempeñen tareas en el marco de la Ley No. 19.353 de fecha 27/11/2015 en $27.472 nominales mensuales correspondientes a 44 horas semanales de labor y 25 jornales en el mes, lo que equivale a $145 por hora. El salario fijado no será de aplicación para los trabajadores dependientes de las personas jurídicas prestadoras de los servicios referidos en los artículos 19 y 20 del Decreto No. 117/016 de fecha 25/04/2016.
Decreto N° 384/022 de fecha 05/12/2022: Agrega el numeral 2.3 al artículo 2º del Decreto No. 431/021 de fecha 20/12/2021 en lo relativo a la incorporación de trabajadores rurales dependientes, al régimen de subsidio por desempleo forzoso. En efecto, dispone que aquellos trabajadores comprendidos en el numeral 2.2 que se amparen al subsidio por desempleo durante los años 2022 y 2023 podrán recibir el subsidio cuando hayan transcurrido al menos seis meses de la última prestación, siempre que cuenten con un mínimo de 9 BPC en un mínimo de cuatro meses de trabajo registrados en los últimos seis meses, debiendo ser en el marco de una empresa afectada a la cosecha de caña de azúcar.
Decreto N° 405/022 de fecha 22/12/2022: Establece una bonificación del 15% sobre las obligaciones jubilatorias patronales de las micro y pequeñas empresas correspondientes al mes de cargo diciembre 2022, que se pagan en enero de 2023, para los contribuyentes del Banco de Previsión Social comprendidos en lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley No. 17.963 de fecha 19/05/2006.
Decreto N° 443/022 de fecha 30/12/2022: Fija el monto del Salario Mínimo Nacional en la suma de $21.107 (pesos uruguayos veintiún mil ciento siete) mensuales, o su equivalente resultante de dividir dicho importe entre veinticinco para determinar el jornal diario o entre doscientos para determinar el salario por hora, a partir del 01/01/2023.
     PROYECTOS DE LEY
Proyecto de fecha 01/12/2022: Solicita al Poder Ejecutivo que disponga la vigencia de los convenios existentes desde 2010, entre las Cámaras Empresariales y que establece una cuota máxima de 120 toneladas mensuales de pollo entero congelado desde Brasil y 60 toneladas para Argentina.
Proyecto de fecha 06/12/2022: Sustituye los artículos 9, 11 y 25 de la Ley No. 19.272 de fecha 18/09/2014, modificando el régimen aplicable para la elección de Alcalde de sus tres suplentes y en lo relativo a hechos que no se consideran causales de anulación del voto en la elección de Alcaldes.
Proyecto de fecha 06/12/2022: Sustituye el párrafo tercero del numeral 8) del artículo 27 de la Ley No. 17.823 de fecha 07/09/2004 (Código de la Niñez y Adolescencia), en lo relativo al derecho al nombre en caso de adopción, disponiendo que de ser adoptado por una sola persona sustituirá uno de los apellidos, siguiendo las reglas previstas en los numerales precedentes, o ambos apellidos si el adoptante así lo solicita.
Proyecto de fecha 06/12/2022: Agrega al Decreto Ley No. 14.294 de fecha 31/10/1974 el art. 36 BIS, en lo relativo a que en las penas producto de la comisión de un ilícito en grado de tentativa vinculadas con estupefacientes podrá ser aplicable lo dispuesto en el artículo 87 del Código Penal (penalidad del delito tentado) o mantener la previsión del art. 37 del Decreto Ley No. 14.294. Asimismo, sustituye el inciso 5 del artículo 273 de la Ley No. 19.293 de fecha 19/12/2014 que refiere a que en los casos donde se dicte una sentencia en un proceso abreviado, el imputado deberá cumplir con la totalidad de la pena, no siendo de aplicación el beneficio previsto en el artículo 298 del Código del Proceso Penal (libertad anticipada). Por último, sobre esta última ley, sustituye el artículo 272 en lo relativo a la procedencia del proceso abreviado.
Proyecto de fecha 06/12/2022: Establece una serie de penas ante la comisión de actos o hechos que atenten contra un animal doméstico, domesticado y de especies protegidas legalmente. Dentro de las conductas sancionables se encuentran el dar muerte, y el ejercer actos de violencia o crueldad contra el tipo de animales descritos anteriormente. Quedan exceptuados de la aplicación de las penas, las actividades que tengan como fin el mejoramiento, el control sanitario, la marcación, control reproductivo o higiene de la respectiva especie animal, las que se realicen por motivos de piedad, las que tengan fines de investigación, entre otras.
Proyecto de fecha 06/12/2022: Regula las relaciones de trabajo de la Cámara de Representantes con sus funcionarios, en un marco de profesionalización, transparencia, eficacia y eficiencia. Se aplicará a los funcionarios presupuestados de carrera de la Cámara de Representantes. Será considerado tal quien fue incorporado en un cargo presupuestal de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 15 del artículo 106 del Reglamento de la Cámara de Representantes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9º del presente estatuto. Consagra disposiciones relativas a los cargos y escalafones, el ingreso a la función, la permanencia en el cargo, la carrera funcional, la evaluación de desempeño, las promociones, subrogación, obligaciones de los funcionarios, régimen disciplinario, entre otros.
Proyecto de fecha 06/12/2022: Solicita al Poder Ejecutivo que antes del 30/04/2023 se reglamente la Ley No. 19.821 de fecha 18/09/2019, relativa a la Promoción del Desarrollo del Teatro Independiente.
Proyecto de fecha 07/12/2022: Agrega los siguientes dos incisos finales al lit C) del numeral 29 del artículo 35 de la Ley orgánica Municipal No. 9.515 de fecha 28/10/1935. En efecto, dispone que cuando las ferias vecinales alimentarias se emplacen en la vía pública su periodo de estadía no podrá exceder a los cinco años a partir de la fecha de instalación. Cumplido el plazo el intendente deberá realojarla, quedando prohibida la utilización del mismo espacio por un lapso no menor a doce años.
Proyecto de fecha 07/12/2022: Autoriza a los afiliados de la Seguridad Social a retirar, por única vez, de forma anticipada un porcentaje de hasta el 20% de los fondos acumulados en su cuenta individual en función de aportes obligatorios o voluntarios, con un máximo de hasta 155 BPC, para acceder a la primera vivienda o para el financiamiento de un emprendimiento comercial. Los fondos que se retiran bajo el régimen previsto no podrán ser considerados como ingreso, remuneración ni renta a efectos tributarios. Así también, los fondos que se retiren anticipadamente haciendo uso del régimen previsto, implicarán un descuento en los fondos a considerar al momento del cálculo de haberes jubilatorios para quien hubiese sido beneficiario.
Proyecto de fecha 08/12/2022: Consagra disposiciones que fortalecen y descentralizan los municipios. Dispone que habrá una autoridad local que se denominará Municipio, que sin afectar la unidad política del departamento, es capaz de otorgar derechos y obligaciones en la competencia que preceptivamente le asignen la Constitución y las leyes. También contiene disposiciones relativas a la materia, atribuciones y cometidos departamentales y municipales.
Proyecto de fecha 12/12/2022: Modifica el artículo 37 del Estatuto del Funcionario de la Cámara de Senadores en lo relativo al elenco de licencias especiales. En efecto, modifica la licencia especial por maternidad y paternidad, así como por adopción, protegiendo la salud materna e infantil, fomentando el vínculo de padres y madres con sus hijos y promoviendo la lactancia. Asimismo, consagra nuevos preceptos para la licencia por proceso de adopción e introduce una licencia por proceso de donación de óvulos o congelación de óvulos o de embriones, que procura fomentar dichos institutos.
Proyecto de fecha 12/12/2022: Extiende por razones de interés general y por un plazo de 180 días, el régimen de subsidio por desempleo para los ex trabajadores del frigorífico Florida de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Ley No. 15.180 de fecha 20/08/1981, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley No. 18.399 de fecha 24/10/2008.
Proyecto de fecha 13/12/2022: Establece que técnicos y profesionales del sector de tecnología de la información que se trasladen a la República a efectos del cumplimiento de contratos de trabajo en relación de dependencia con empresas con actividad regular y permanente en la República a ejecutarse en el territorio nacional, podrán optar con relación a las rentas del trabajo por tributar el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR), y no beneficiarse del sistema de seguridad social vigente, no existiendo en tal caso la obligación de realizar los aportes correspondientes.
Proyecto de fecha 13/12/2022: Declara de interés general la promoción de modalidades que comprenden la innovación de las prácticas fitosanitarias, tanto en los sistemas convencionales como agroecológicos, a los efectos de alcanzar un manejo integrado y sustentable, con énfasis en la utilización de “Buenas Prácticas Agrícolas”. El Estado promoverá la reducción del uso reiterado y/o excesivo de plaguicidas, que no responda a una afectación real de plagas, enfermedades y malezas sobre los cultivos.
Proyecto de fecha 13/12/2022: Dispone que los proyectos de ley o de resolución, informados por las Comisiones en los términos establecidos en el artículo 134 del Reglamento de la Cámara de Representantes, estarán sujetos a corrección de estilo antes de su consideración en el Plenario.
Proyecto de fecha 13/12/2022: Establece que los proyectos de ley y proyectos de resolución se votarán mediante un sistema electrónico, salvo los casos en los que ésta resuelve emplear otra forma de votación.
Proyecto de fecha 15/12/2022: Sustituye el artículo 26 de la Ley No. 19.167 de fecha 22/11/2013, en lo relativo a la suscripción y condiciones del acuerdo que tiene por objeto proveer gametos o embriones (propios o terceros) para la gestación en el útero de otra mujer. A efectos de que éste sea válido, el mismo deberá ser homologado por el Juez competente en conformidad previa al inicio del procedimiento de reproducción humana asistida, quién controlará el debido respeto de los derechos humanos de todas las partes intervinientes, debiendo cumplir con ciertos requisitos, dentro de los que se encuentran, que el contrato este suscrito por todas las partes, que sea de naturaleza gratuita, que esté autorizado por la Comisión Honoraria de Reproducción Asistida, que se acredite una antigüedad mínima de dos años de la pareja cuando el vínculo de familiaridad se concrete a través de la misma, entre otros.
Proyecto de fecha 15/12/2022: Agrega a la Ley No. 19.167 de fecha 22/11/2013 sobre las técnicas de reproducción humana asistida, el artículo 26 bis, consagrando que quien pagare en dinero o diere otro provecho a la gestante o a un tercero para realizar la gestación subrogada, será castigado con una pena de seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría.
Proyecto de fecha 15/12/2022: Sustituye los artículos 1º y 2º de la Ley No. 17.673 de fecha 21/07/2003. En efecto, determina la fijación del plazo de 20 días hábiles del que disponen los Ministros de Estado, la Suprema Corte de Justicia, la Corte Electoral, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el Tribunal de Cuentas y los organismos a que refiere el artículo 17 de la Ley No. 16.134, para remitir los datos e informes solicitados por los legisladores conforme a las facultades que les otorgan dichos artículos. Asimismo, en caso de que la complejidad de la información solicitada no fuera posible cumplir en el plazo indicado precedentemente, el organismo requerido dispondrá de un plazo de veinte días hábiles, para dar cumplimiento al pedido.
Proyecto de fecha 19/12/2022: Crea el Fondo de Reconversión de Industrias Lácteas (FRIL), con la finalidad de apoyar la transformación productiva de industrias de pequeño y mediano porte dedicadas al procesamiento primario de leche. Será ejercida por los Ministerios de Economía y Finanzas (MEF), de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP), y de Industria, Energía y Minería (MIEM), que podrá delegar la administración en personas jurídicas que tengan capacidad legal para el ejercicio del comercio. Los recursos del Fondo podrán destinarse al otorgamiento de determinados beneficios, tales como, subsidio por compensación de costos por impuestos indirectos, préstamos para proyectos de reconversión industrial tendientes a la mejora de la competitividad.
Proyecto de fecha 19/12/2022: Incorpora al proyecto de Ley por el cual se crea el Sistema Previsional Común, modificaciones en diferentes disposiciones del proyecto original. A saber, modifica, entre otros, los artículos que refieren a la causal jubilatoria normal, el sueldo básico jubilatorio, términos de la pensión de viudez y equiparadas, pensión a favor de los hijos, pensión de sobrevivencia mínima, derecho de afiliados sin causal, fondos del Banco de Previsión Social, asignaciones de retiro, entre otras.
Proyecto de fecha 20/12/2022: Crea la Unidad Ejecutora “Agencia Espacial Uruguaya” como órgano desconcentrado dentro de la Presidencia de la República, que actuará con autonomía técnica. Tiene como objetivo dirigir, coordinar e implementar la política espacial de la República emanada de la Junta Nacional de Política Espacial Nacional, sus programas y proyectos dependientes, Asimismo, impulsará el desarrollo del sector espacial en el Uruguay con énfasis en el desarrollo económico social y cultural de sus habitantes.
Proyecto de fecha 20/12/2022: Reconoce el derecho a la reparación a todas aquellas personas que, por acción u omisión del Estado, hayan sufrido daños en su persona y bienes como consecuencia de los hechos ilícitos ocurridos entre el 01/01/1962 y el 31/12/1976, por integrantes de grupos armados por motivos políticos. El Estado promoverá acciones materiales o simbólicas de reparación moral con el fin de restablecer la dignidad de las víctimas del uso ilegítimo del poder ejercido por integrantes de grupos armados así como honrar su memoria.
Proyecto de fecha 21/12/2022: Crea el régimen especial para el ingreso, permanencia y trabajo en el país de los denominados “nómades digitales”, los cuales incluyen a personas dedicadas a realizar trabajo remoto y/o independiente, incluyendo las modalidades de teletrabajo, trabajo a distancia y/o trabajo remoto, con el propósito de promover al país como un centro de trabajo remoto y acogida de “nómades digitales”.
Proyecto de fecha 26/12/2022: Faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) a extender por razones de interés general y hasta el 30/04/2023 el subsidio por desempleo por suspensión total de los trabajadores dependientes de las empresas de transporte de pasajeros incluidos en el Grupo 13.
Proyecto de fecha 28/12/2022: Modifica el literal D) del artículo 254 de la Ley No. 19.276 de fecha 25/08/2014 en lo relativo a la enajenación de los bienes que son incautados por los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), Policiales y Militares. En efecto, el mencionado literal determina que del producido del remate de los bienes incautados se destinará un 20% para el fondo creado por el Decreto No. 403/013, un 50% para el “Fondo por Mejor Desempeño” cuando el decomiso sea como consecuencia de un procedimiento de la DNA, y un 30% se verterá a Rentas Generales.
Proyecto de fecha 28/12/2022: Sustituye el artículo 36 del Decreto-Ley No. 14.294 de fecha 31/10/1974 en lo relativo a la aplicación de penas en torno a la entrega, venta, facilitación o suministro de estupefacientes a menores de edad.
     RESOLUCIONES DICTADAS POR LA D.G.I.
Resolución N° 2283/022: Se modifican los numerales 9) y 10) de la Resolución N° 662/2007, en cuanto al régimen de retención del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas Residentes (IRPF) y el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR), en relación a los rendimientos de capital mobiliario y los incrementos patrimoniales, que paguen o pongan a disposición las administradoras de fondos de inversión abiertos.
Resolución N° 2339/022: Se incluye en la nómina de bienes exonerados del IVA que establece el numeral 1º de la Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 305/979, a los siguientes bienes: Afiladores con tenedor, de peines y cortantes para esquila de ovinos.
Resolución N° 2345/022: Se fija el monto de las operaciones exceptuadas de documentar, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 44º del Decreto Nº 597/988, a partir del 1º de enero de 2023.
Resolución N° 2346/022: Se fijan las tasas de actualización de las rentas vitalicias computables para la liquidación del Impuesto al Patrimonio de las personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas del ejercicio 2022, en moneda nacional y en dólares estadounidenses.
Resolución N° 2347/022: Se establece la contravención por incumplimiento de deberes formales ante el Registro Único Tributario (RUT), y se fija, a partir del 1º de enero de 2023, el valor del duplicado de la constancia de inscripción ante el mencionado Registro.
Resolución N° 2348/022: Se fijan los días de vencimiento de presentación de declaraciones juradas y pagos de impuestos correspondientes al período: Enero 2023 a Diciembre 2023.
Resolución N° 2349/022: Se amplía el plazo de vigencia de las constancias emitidas durante el año 2022 en relación a la exoneración del IRPF (arrendamiento de inmuebles), y el plazo para su renovación.
Resolución N° 2387/022: Se establece una reducción del Impuesto Especifico Interno (IMESI) aplicable a enajenaciones de nafta en proximidades de pasos de frontera.
Resolución N° 2467/022: Se establece el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, para el mes de enero de 2023.
Resolución N° 2468/022: Se fijan los precios fictos por kilo tanto para carne de aves enteras, trozadas o deshuesadas, como para gallinas de postura de descarte, que regirán a partir del 1° de enero de 2023 para la aplicación de la Resolución Nº 3.832/015 de DGI.
Resolución N° 2469/022: Se fijan, a partir del 1º de enero de 2023, los nuevos valores por kilo de venta al público de carne bovina y ovina y sus menudencias, a efectos de la percepción del IVA, así como el IVA que deben tributar quienes vendan al público el producido de la faena por ellos realizada de animales de su propiedad.
Resolución N° 2470/022: Se establece la nómina vigente, a partir del 1º de enero de 2023, de países, jurisdicciones y regímenes especiales de baja o nula tributación.
Resolución N° 2491/022: Se actualizan los montos de las sanciones a aplicar por la omisión de presentar declaraciones juradas dentro de los plazos establecidos legalmente
     CONSULTAS EFECTUADAS A LA D.G.I.
Consulta N° 6437: (I.R.A.E.) - (I.R.N.R.) - (I.P.) Se consulta el tratamiento tributario en el impuesto a la renta y al patrimonio de una persona física no residente que posee las siguientes inversiones en nuestro país: Inversiones en bonos ganaderos e Inversión ganadera.
Consulta N° 6460: (I.R.A.E.) - (I.V.A.) - (I.P.) Un titular de un condominio con explotación agropecuaria, consulta sobre distintas situaciones. Hasta el año 2018, el núcleo familiar desarrolló actividades agropecuarias sobre inmuebles propios y arrendados. En junio de ese año, uno de los cónyuges falleció, continuando con la explotación el cónyuge supérstite y los herederos (sucesión indivisa). Dicha entidad pagó IP por los activos propios y descontó las amortizaciones correspondientes en la liquidación del IRAE. En setiembre del año 2019 quedó ejecutoriado el auto de declaratoria de herederos, a partir de esa fecha la sociedad de hecho quedó integrada por los herederos que siguen explotando los inmuebles rurales. Dicha sociedad dejó de pagar IP en cabeza propia y cada uno de los socios comenzó a tributar personalmente por la cuota parte del patrimonio. Se consulta: - Si la sociedad puede descontar de su liquidación de IRAE las amortizaciones de las mejoras de los inmuebles rurales y bienes del activo fijo. . - Sobre el tratamiento tributario a darle al retiro de uno de los socios de la sociedad, ya sea recibiendo el pago por su cuota parte en efectivo y/o en especie.
Consulta N° 6478: (I.R.P.F.) Una persona física residente consulta el tratamiento tributario a aplicar a un contrato de arrendamiento para la construcción, instalación y explotación de un parque de generación de energía eléctrica de origen eólico, sobre determinados padrones rurales. El plazo del contrato es de 30 años, con la opción para el arrendatario a rescindirlo a partir del cumplimiento de los 20 años del plazo. El precio del contrato es en Unidades Indexadas (UI) por año y por cada aerogenerador instalado, y debe ser abonado al inicio de la construcción del parque eólico (lo que ocurrió, según se relata, el 29 de junio de 2015)
Consulta N° 6479: (I.R.P.F.) Una persona física residente consulta el tratamiento tributario a aplicar a un contrato de arrendamiento para la construcción, instalación y explotación de un parque de generación de energía eléctrica de origen eólico, sobre determinado padrón rural. El plazo del contrato es de 30 años, con la opción para el arrendatario a rescindirlo a partir del cumplimiento de los 20 años del plazo. El precio del contrato es en Unidades Indexadas (UI) por año y por cada aerogenerador instalado, y debe ser abonado al inicio de la construcción del parque eólico (lo que ocurrió, según se relata, el 29 de junio de 2015).
Consulta N° 6485: (I.V.A.) - (I.R.A.E.) Una sociedad anónima simplificada (SAS) consulta el tratamiento tributario respecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y al Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), de varios servicios que presta vinculadas a la salud y contratados por internet. Los servicios la SAS presta son los siguientes: a) servicio de acompañantes en sanatorio o domicilio, y b) servicio de enfermería también en sanatorio o domicilio, dichos servicios se prestan con personal dependiente. Además de dichos servicios, la SAS compra y revende otros servicios prestados por terceros: a) servicios de determinados profesionales universitarios (psicólogos, nutricionistas, fisioterapeutas, masajistas y odontólogos), b) traslados a y desde centros asistenciales, y c) cursos de primeros auxilios y reanimación cardiopulmonar.
Consulta N° 6495: (I.V.A. Mínimo) Una sociedad de hecho dedicada al giro de transporte de pasajeros en vehículos contratados a través de plataformas electrónicas y que se encuentra comprendida en el literal E) del artículo 52° del Título 4 del Texto Ordenado de 1996 tiene previsto ingresar voluntariamente al régimen de facturación electrónica (CFE). Consulta acerca del monto de la retención que se le efectúa por parte de la entidad propietaria de la plataforma, que intermedia entre la demanda y la oferta del servicio y asimismo acerca de cómo debe documentar sus servicios.
Consulta N° 6513: (I.V.A.) Se consulta de forma no vinculante el tratamiento en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que corresponde aplicarle a la venta del producto arroz partido al sector agropecuario. En particular consulta si se encuentra comprendido en el numeral 25° del artículo 39 del Decreto N° 220/998 de fecha 12.08.998.
     COMISIÓN DE APLICACIÓN DE LA LEY DE INVERSIONES - C.O.M.A.P.
De acuerdo con la página web de la COMAP, (http://comap.mef.gub.uy/) las novedades en DICIEMBRE 2022 son las siguientes:
Ajustes de criterios básicos generales de funcionamiento - Decreto Nº 268/020[Más información]
     SENTENCIAS TRIBUTARIAS DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - T.C.A.
No se publicaron sentencias tributarias del TCA.
     CIRCULARES DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY - B.C.U.
Circular N° 2409 de fecha 01/12/2022: Pone en conocimiento la adopción de la Resolución No. D/304/2022 de fecha 30/11/2022 sobre la incorporación del art. 2.3, 2.4, 155.7, 155.8 y 155.9 del Libro I - Operaciones de Cambios, de la Recopilación de Normas de Operaciones, en lo relativo al registro de operaciones extrabursátiles, a las obligaciones de las instituciones autorizadas a llevar el registro de operaciones extrabursátiles, a la información a divulgar por instituciones autorizadas a llevar el registro de operaciones extrabursátiles, a la información a reportar sobre operaciones extrabursátiles y a la información sobre el registro de operaciones extrabursátiles, respectivamente.
Circular N° 2411 de fecha 02/12/2022: Incorpora modificación a la reglamentación de las Entidades Otorgantes de Crédito.
Circular N° 2412 de fecha 08/12/2022: Sustituye en el Capítulo II - Responsabilidad Patrimonial Neta Mínima, del Título II - Responsabilidad Patrimonial, del Libro II - Estabilidad y Solvencia de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero, los artículos 160 y 164 en lo relativo al requerimiento de capital por riesgo de crédito y sobre el requerimiento de capital por riesgo de tasa de interés - forma de cálculo, respectivamente.
Circular N° 2413 de fecha 08/12/2022: Sustituye en el Capítulo I - Patrimonio, del Título III - Sociedades administradoras de fondos de inversión, del Libro II - Estabilidad y solvencia de la Recopilación de Normas del Mercado de Valores, los artículos 152 y 154, que refieren al patrimonio mínimo que deben mantener las Sociedades Administradoras de Fondos, y sobre las Sociedades Administradoras sin fondos activos, respectivamente.
Circular N° 2414 de fecha 20/12/2022: Modifica el Libro VII y Libro XIII de la recopilación de Normas de Operaciones. Precisamente, las modificaciones introducidas versan sobre el régimen aplicable a los billetes entintados.
Circular N° 2415 de fecha 23/12/2022: Sustituye el artículo 210 de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero en lo relativo al tope de riesgos crediticios con partes vinculadas con los que trataran las instituciones de intermediación financiera.
Circular N° 2416 de fecha 23/12/2022: Sustituye del Libro III - Protección del sistema financiero contra actividades ilícitas, de la recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistemas Financiero, los artículos 294.1 y 297.1, en lo relativo al procedimiento de verificación de la identidad de clientes previo a establecer una relación definitiva con éstos, y a la actualización de la información sobre clientes, respectivamente. Asimismo, sustituye el artículo 316.68 del mismo cuerpo normativo, en lo relativo a los procedimientos de verificación de la identidad de clientes a la que estarán sujetas las empresas administradoras de plataformas para préstamos entre personas.
Circular N° 2417 de fecha 23/12/2022: Sustituye del Libro III - Protección del sistema financiero contra actividades ilícitas, de la recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistemas Financiero, los artículos 190.1 y 191.1 en lo relativo a los procedimiento de verificación de la identidad de clientes que deberán adoptar los intermediarios de valores y las administradoras de fondos de inversión, y la respectiva actualización de la información sobre clientes, respectivamente. Asimismo, sustituye el artículo 206.7 del mismo cuerpo, en lo relativo a los procedimientos de verificación de la identidad de clientes que deberán asumir las empresas administradoras de plataformas de financiamiento colectivo.
Circular N° 2418 de fecha 29/12/2022: Sustituye la Disposición Transitoria del artículo 86.8 de la recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistemas Financiero comunicada por Circular No. 2411 de fecha 02/12/2022. En efecto, se determina que las entidades otorgantes de crédito de mayor actividad en funcionamiento a la fecha de publicación de esta resolución, dispondrán de un plazo de 180 días contados a partir del 1º de enero de 2024 para solicitar la inscripción en el Registro de Entidades Otorgantes de Crédito de Mayor Actividad que se encuentra en la órbita de la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay.
Circular N° 2419 de fecha 30/12/2022: Sustituye en el Capítulo VI - BIS - Tercerización de servicios, del Título I - Instituciones de Intermediación financiera, del Libro I - Autorizaciones y registros, de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistemas Financiero, los artículos 35.1.1., 35.1.2. y 35.3, en lo relativo a las autorizaciones de tercerizaciones, la tercerización de servicios prestados en el país por terceros radicados en él, y los requisitos adicionales para el procesamiento de datos en o desde el exterior del país, respectivamente. Asimismo, sustituye el art. 490 y 495 del mismo cuerpo normativo, en lo relativo al acceso a la información en favor del Banco Central del Uruguay hacia toda la información y documentación que estime necesario para el cumplimiento de sus cometidos legales y la responsabilidad del resguardo de datos, software y documentación respectivamente.
Circular N° 2420 de fecha 30/12/2022: Introduce modificaciones en la Recopilación de Normas del Mercado de Valores, que versan sobre el resguardo de datos y tercerizaciones de servicios.
Circular N° 2421 de fecha 30/12/2022: Sustituye en el Capítulo VIII - Tercerización de Servicios, del Título I - Administradoras de fondos de ahorro previsional, del Libro I - Autorizaciones y registros, de la Recopilación de Normas de Control de Fondos Previsionales, los artículos 30.1.1, 30.1.2 y 30.1.4, en lo relativo a la autorización de tercerizaciones, tercerización de servicios prestados en el país por terceros radicados en él y sobre requisitos adicionales para el procesamiento de datos en o desde el exterior del país, respectivamente.
Circular N° 2422 de fecha 30/12/2022: Sustituye en el Capítulo VI BIS - Tercerización de servicios, del Título I - Empresas de seguros y reaseguros, del Libro I - Autorizaciones y registros, de la Recopilación de Normas de Seguros y Reaseguros, los artículos 16.1.1, 16.1.2 y 16.3 en lo relativo a la autorización de tercerización de servicios, tercerización de servicios prestados en el país por terceros radicados en él y sobre los requisitos adicionales para el procesamiento de datos en o desde el exterior del país, respectivamente.
     AUDITORÍA INTERNA DE LA NACIÓN - AIN
No se publicaron novedades de A.I.N.
     CIRCULARES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - S.C.J.
Circular N° 103/2022 de fecha 05/12/2022: Formula un recordatorio a los Señores Jerarcas a fin de recordar el cómputo y posterior comunicación de horas extras al Departamento de Sueldos de División Contaduría. Dispone que la forma de efectuar el cómputo de horas extras se encuentra regulada por el artículo 7 del Decreto No. 134/994, el que se aplica en consonancia con lo comunicado por la Circular No. 61/2017. Asimismo dispone que las horas extras, previamente autorizadas, serán comunicadas y deberán coincidir con las registradas en el libro de marcas considerándose como tales, las horas de trabajo que excedan las 6 horas 15 minutos.
Circular N° 107/022 de fecha 12/12/2022: En base de lo dispuesto en el artículo 89 del Código General del Proceso, se dispone que las publicaciones de edictos deberán ser realizadas en el Diario Oficial, en la Red Informática del Poder Judicial y en un periódico de la localidad habilitado, durante el plazo de diez días hábiles y continuos. Las publicaciones en la Red Informática del Poder Judicial serán realizadas por los periódicos de la localidad habilitados a tales efectos, debiendo estos suscribir previamente un contrato de adhesión con el Poder Judicial. Las justificaciones de las publicaciones se harán de forma telemática y autorizadas, según lo dispuesto en el artículo 89 del Código General del Proceso.
Circular N° 111/022 de fecha 15/12/2022: Dispone para los Juzgados Letrados con competencia en materia de Familia que tramitarán las solicitudes de estudios de ADN a través del Sistema de Pericias Externas (SPE), el cual será gestionado por el Instituto Técnico Forense (I.T.F) y será el encargado de autorizar las mismas, dando trámite únicamente a las solicitudes que sean realizadas por la Sede solicitante a través del referido sistema.
Circular N° 112/022 de fecha 16/12/2022: Modifica el Manual de Organización y Funciones, disponiendo que el Departamento de Información y Documentación Judicial se denominará Departamento de Jurisprudencia, cuyas principales funciones serán la de gestionar y mantener actualizada la Base de Jurisprudencia Nacional, controlar el contenido y corrección de las bases de datos documentales de su competencia, elaborar y vigilar el cumplimiento de la reglamentación de los servicios que se brindan a los usuarios, entre otras.
Circular N° 120/022 de fecha 20/12/2022: Establece nuevos montos para determinar la competencia en los juzgados de paz para la materia laboral y en los procesos laborales de menor cuantía. En efecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley No. 16.462 en relación a los Juzgados de Paz, serán competentes para entender en los juicios en materia laboral cuya cuantía no exceda de $183.000 (pesos uruguayos). Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley No. 18.752, los asuntos cuyo monto no supere los $183.000 /pesos uruguayos) se sustanciarán en instancia única, denominados procesos de menor cuantía.
Circular N° 122/022 de fecha 26/12/2022: Dispone que a partir del 1º de febrero de 2023 las notificaciones que deban realizarse por la Oficina Central de Notificaciones y Alguacilatos (OCNyA) provenientes de sedes jurisdiccionales que cuenten con Sistema de Gestión de Juzgados Multimaterias (SGJM) deberán ser registradas en la aplicación “Sistemas de Actuaciones Móviles”.
Circular N° 124/022 de fecha 27/12/2022: Pone en conocimiento que se encuentra disponible una nueva actualización del registro de Síndicos e Interventores Judiciales.
     OTROS DOCUMENTOS, NORMAS Y SENTENCIAS DE INTERÉS
Resolución del Directorio del Banco de Previsión Social: Dispone el pago de una partida extraordinaria a los beneficiarios de la prestación AFAM - PE, prenatales y menores de 0 a 6 años de edad, por la suma de hasta $250.000.000 que se abonará en el mes de diciembre del presente año. Comete a las gerencias de prestaciones económicas y finanzas la realización de las acciones correspondientes para la implementación de lo anterior.
     TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
Desafíos fiscales de la digitalización: La OCDE invita a comentar sobre los aspectos de cumplimiento y seguridad fiscal del impuesto mínimo global.
Selección de normas y sentencias de interés obtenidas de los sitios web de Presidencia, DGI, COMAP, BCU, Poder Judicial, Parlamento
y especializados en el mes DICIEMBRE de 2022.

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